¿El acuerdo de financiación, es un acuerdo insolidario?
- Josep Reyner
- Barcelona. Martes, 3 de septiembre de 2024. 05:30
- Actualizado: Martes, 3 de septiembre de 2024. 09:45
- Tiempo de lectura: 4 minutos
Entre las críticas que se hacen al acuerdo suscrito entre PSC y ERC, en lo que aplica estrictamente a financiación, destacaría dos y me centraría en una. La primera es la de los incrédulos, los que dicen que no se cumplirá porque no existen ánimos de cumplirlo por una de las partes. Esta crítica, principalmente procedente de algunos sectores independentistas, se basa en la valoración de las experiencias pasadas. No se puede rebatir porque no se pueden prejuzgar las intenciones futuras. Pero sí que puedo señalar que el argumento no acaba de convencer. Primero, la dependencia mutua tanto en el ámbito catalán como estatal es la mejor garantía de cumplimiento. Segundo, el argumento lleva a la inacción: vista la no mayoría independentista, ¿con quién pactar, pues?, es la pregunta que surge. Tercero, también surge la cuestión de si el argumento es aplicable a todos los acuerdos previamente firmados por los dos principales partidos independentistas.
Será una carrera de obstáculos, uno detrás del otro, y hará falta mucha voluntad política
Ahora bien, hay que admitir que la aplicación práctica del acuerdo se enfrentará a muchos obstáculos, de dentro y de fuera, y creo que las partes firmantes lo saben. Por esta misma razón, quizás soñando despierto, desearía que la defensa del acuerdo fuera asumida firmemente por los dos partidos independentistas, dejando de lado su permanente lucha. Y, lógicamente, exigir lo mismo del otro firmante, el PSC. Sería toda una novedad que Catalunya se presentara unida para defender un acuerdo que, depende de como se concrete, podría ser muy beneficioso. Eso sería particularmente conveniente porque los principales obstáculos para la implementación vendrán tanto desde el sottogoverno del Estado hasta de los jueces del Tribunal Constitucional (TC). Será una carrera de obstáculos, uno detrás del otro, y hará falta mucha voluntad política. Y eso nos obliga a centrarnos en la segunda gran crítica que será la que ya utilizan estos actores y sus aparatos mediáticos. Esta crítica se fundamenta en la supuesta insolidaridad del acuerdo, derivada de la ruptura de la igualdad entre los territorios, argumentan.
Madrid se beneficia de un enorme plus de ingresos fiscales, generado por su capitalidad y los recursos que se entregan
La primera cuestión a tener en cuenta es que la teórica solidaridad entre territorios ni existe ni ha existido, a pesar de lo que diga la Constitución o las sentencias del TC. En primer lugar, por la existencia de un modelo de financiación, el foral, que otorga unos recursos públicos por habitante entre un 60% y un 80% superiores, según los años, a los de la media del resto, sin ninguna aportación de solidaridad en sus mecanismos. Tampoco hay solidaridad cuando dentro de las comunidades del sistema de régimen común, existen diferencias de un 38% entre la región más beneficiada –Cantabria- y la más perjudicada –País Valencià. Como tampoco existe cuando una comunidad como Madrid se beneficia de un enorme plus de ingresos fiscales, generado por su capitalidad y los recursos que se entregan, que después utiliza para practicar unas bonificaciones e incentivos fiscales en perjuicio de todos los otros territorios. Política que, de forma temeraria, también han acabado imitando otras comunidades gobernadas por el PP, pero que al mismo tiempo piden que sean compensadas por su infrafinanciación (caso de Andalucía o el mismo País Valencià, por ejemplo). Al fin y al cabo, en nombre de la solidaridad, es el juego de los disparates.
Y en todo este contexto se acusa el acuerdo ERC-PSC de insolidario. La verdad es que en el nivel de concreción actual difícilmente se puede acusar de muchas cosas al acuerdo. Quizás de querer salir del modelo de financiación común, de no mucho más. Y eso no tiene que significar ninguna ruptura de la solidaridad. Contrariamente, el acuerdo establece claramente qué "... La Generalitat tiene que contribuir a la solidaridad con las otras comunidades autónomas a fin de que los servicios prestados por los diferentes gobiernos autonómicos a sus ciudadanos puedan alcanzar niveles similares, siempre que lleven a cabo un esfuerzo fiscal también similar". Por lo tanto, la voluntad está muy clara. Lo que si se plantea en el acuerdo es que esta solidaridad no rompa el principio de ordinalidad. Es decir, que después de aplicarse, Catalunya no se vea en una posición en el orden de recursos públicos por habitante peor que antes, en términos de capacidad fiscal. En cualquier caso, lo que se tiene que aclarar es que el principio de ordinalidad no es contrario al objetivo de que en términos de servicios básicos haya una relativa igualdad entre los ciudadanos de los diferentes territorios. Pero también se tiene que defender sin complejos que con esta ordinalidad Catalunya pueda hacer frente a las necesidades diferenciales que presentan los territorios con mayor atracción de población, como, por ejemplo, las mayores necesidades de vivienda asequible, de transporte, las necesidades educativas derivadas de una inmigración mayor, los niveles de pobreza y desigualdad evidentes cuando a las estadísticas se les saca el velo monetario, o un nivel de precios relativamente superior que incide directamente en el coste de la prestación de los servicios, entre otros. Y eso sin tener en cuenta el incentivo perverso, en términos de eficiencia en el gasto público, que representa que un territorio que genera unos menores recursos públicos por habitante que la media, después de la solidaridad se quede muy por encima del resto sin ningún esfuerzo, como es el caso de algunas comunidades españolas.
El Estado tiene que renunciar a su sobrefinanciación para reequilibrar el sistema
Otra de las críticas es que como el principio de ordinalidad no se cumple, habrá que poner recursos que se detraerán del resto de territorios. Eso no será así porque nadie aceptará perder recursos, como es obvio. Por lo tanto, si se aplica el principio de ordinalidad y alguien quiere perder recursos públicos, como será el caso, hará falta que un tercero los ponga. En cualquier negociación de reforma del sistema de financiación se ha llegado siempre a este punto. Y aquí está donde surge la corrección de otro desequilibrio del actual sistema: el desequilibrio vertical que prima la evolución de los ingresos del Estado por encima del de las comunidades (y también de los ayuntamientos). Entre 2012 y 2022, los ingresos de la administración central han aumentado un 88,7% mientras que los de las comunidades autónomas, un 40,5%. Y eso se produce principalmente porque la misma normativa de distribución de ingresos fiscales beneficia al Estado por encima de las comunidades cuando se producen cambios de tipos fiscales en determinados impuestos (IVA e impuestos especiales). El Estado tiene que renunciar a su propia sobrefinanciación. Por lo tanto, esta aportación del Estado es necesaria para reequilibrar el sistema, y en beneficio no solo de Catalunya sino de todas las comunidades y, en especial, de las perjudicadas por la no aplicación del principio de ordinalidad. No es nada más que la corrección de un sesgo actual inherente al sistema de financiación común. No es ningún privilegio.
Finalmente, habría que incidir en una cuestión. El objetivo final no es (no tendría que ser) solo el sistema de financiación. El verdadero objetivo es rebajar el déficit fiscal hasta niveles mínimamente tolerables, eso implica actuar también sobre las inversiones del Estado (como ya apunta también el acuerdo) y sobre la organización del Estado (al respecto no dice nada el acuerdo). Y, en este sentido, una pregunta: ¿el nuevo Govern seguirá calculando la balanza fiscal de Catalunya?