Más restricciones a las motos para aparcar en las aceras, implementar finalmente la obligación de llevar casco para circular con patinete eléctrico y restringir la circulación de bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP) en aceras. Estas son algunas de las novedades incluidas en la propuesta de la Ordenanza de circulación, peatones y vehículos (OCVV) que el gobierno municipal de Barcelona presentará a la Comisión de Movilidad de la próxima semana con el objetivo de llegar a la votación definitiva en el pleno de este mismo noviembre y que para salir adelante dependerá del voto favorable de ERC y Barcelona en Comú, una vez Junts per Catalunya - Trias per Barcelona ha anunciado su voto contrario. Si finalmente, se aprueba, entraría en vigor en unas semanas.

La ordenanza de circulación es la normativa que establece la regulación de la circulación en la ciudad de Barcelona, en coherencia con el marco normativo estatal. Sin embargo, desde la última modificación de esta normativa municipal, realizada el año 2017, el marco normativo estatal ha evolucionado en varios aspectos, principalmente en referencia a los VMP. Con la voluntad de actualizar la normativa municipal, el texto propuesto recoge las garantías necesarias de convivencia, seguridad vial y de protección de los peatones. En este contexto, la primera teniente de alcaldía, de Urbanismo, Transición Ecológica, Servicios Urbanos y Vivienda, Laia Bonet, ha remarcado este viernes que la futura ordenanza busca "principalmente regular los VMP, un nuevo actor en escena en la movilidad en la ciudad y hay que poner orden a su comportamiento". "Teníamos una ordenanza de 2017, y desde entonces la movilidad ha cambiado mucho, teníamos que adaptarnos a la normativa estatal y a la realidad de la ciudad de Barcelona", ha añadido Bonet.

Restricciones a las motos

En el caso de las motos, las nuevas restricciones se aplicarán en espacios concretos, ya que se prohibirá estacionar en la acera de entornos escolares y sanitarios, dentro de una intención clara, la "de bajar motos de la acera", según ha detallado Bonet. "Eso irá acompañado progresivamente de señalización", ha dicho Bonet, que ha precisado que la prohibición de aparcar en acera en entornos sanitarios se aplicará inicialmente en hospitales, sin cerrar la puerta a que más adelante también se prohíba en otros equipamientos, como Centros de Atención Primaria (CAP).

Igualmente, la nueva ordenanza prevé prohibir explícitamente el estacionamiento de motos en los espacios adyacentes a los estacionamientos de bicicletas, en los vados de peatones, en los carriles bici y cuando obstruya la utilización de contenedores. Al mismo tiempo, también incorpora la prohibición de atar estos vehículos a los árboles, semáforos, bancos, contenedores, papeleras y marquesinas de transporte, así como otros elementos de mobiliario urbano cuando se dificulte el paso de peatones o el destino o funcionalidad del elemento.

VMP: casco obligatorio y regulación más clara

La propuesta de ordenanza define los VMP como vehículos unipersonales, por lo cual solo podrá circular una persona, y señala los elementos de seguridad imprescindibles: el uso de casco obligatorio y que el vehículo disponga de luces delanteras y posteriores. Hay que recordar que la normativa vigente prohíbe el uso de VMP a menores de 16 años y limita el uso a carril bici y a calles con límite de velocidad 30 Km/h o inferior. En este sentido, la modificación clarifica las condiciones de circulación, prohibiendo la circulación por las calles 50 y definiendo la velocidad máxima de 25 kilómetros por hora, que se reduce a 10 en los carriles bici en acera.

Preservar las aceras para los peatones

Asimismo, la voluntad del gobierno municipal en la modificación de la ordenanza es la de preservar la acera para los peatones, por lo cual el nuevo texto prohíbe la circulación por las aceras a bicicletas y VMP, dejando este espacio como exclusivo para la movilidad a pie. Esta medida se hará de manera compatible con la protección de la infancia y no aplicará en el caso de los niños, ya que los menores de 12 años y las personas adultas que los acompañen sí que podrán circular en bicicleta por las aceras, cosa que se ampliaría a los 14 años en aquellas calles que no disponen de carril bici.

Igualmente en aquellas calles sin carril bici, podrán circular por la acera personas adultas que transporten personas menores de edad. El transporte de menores de edad solo lo podrán realizar mayores de edad y siempre con sistemas de remolque o sillitas homologadas al peso del menor. También se podrá circular por aquellos espacios de peatones habilitados para la circulación ciclista. En cualquier caso, la propuesta normativa también prevé la obligatoriedad de los usuarios de bicis y VMP de bajar del vehículo en situaciones de aglomeración de peatones.

Finalmente, el nuevo texto también plantea condiciones específicas de utilización del espacio público para los ciclos y VMP utilizados para la distribución urbana de mercancías (DUM), con el objetivo de mejorar las condiciones en que operan. Con la nueva norma, estos vehículos podrán utilizar los espacios habilitados para la carga y descarga con las mismas condiciones que el resto de vehículos en motor. Ciclos y VMP que se dedican a la DUM también podrán detenerse en los espacios en acera donde se permite el estacionamiento de motos, siempre que no exista un espacio habilitado para este fin. Como última novedad respecto de la infraestructura ciclista, el nuevo texto también recoge la prohibición explícita de realizar carga y descarga por parte de cualquier vehículo en un carril bici.