El Ayuntamiento de Barcelona ha abierto un expediente sancionador a la empresa propietaria de los portales 'Mil anuncios' y 'Vibbo' por publicar anuncios ilícitos sobre la venta de animales de compañía. Después de una denuncia de la Fundación para el Asesoramiento y Acción en Defensa de los Animales (FAADA) y de varios requerimientos, el consistorio ha decidido aplicar la ley de comercio electrónico que califica de muy grave la infracción cometido por estos dos portales al anunciar animales de compañía sin garantizar que el origen fuera una compañía registrada con la actividad de crianza ni las condiciones sanitarias y de bienestar animal que requiere. Las compañías se enfrentan a una multa de 150.000 euros.

Es la primera vez a todo el estado español que se promueve un procedimiento administrativo para combatir la venta ilícita de animales en la red. El ayuntamiento ha optado por incoar el expediente por el importe bajo de umbral que prevé la Ley por prudencia jurídica, ya que no se ha sancionado nunca esta compañía y por lo tanto, hay que aplicar ''proporcionalidad'', pero la ley prevé que las sanciones puedan llegar hasta un máximo de 600.000 euros.

Según ha explicado Bonet, los anuncios no garantizaban que el origen de los animales fuera un criador o un establecimiento profesional tal como establece la normativa que obliga a hacer constar la identificación, en los anuncios, del número de Registre de Nuclis Zoológicos. Por Bonet, estos anuncios tampoco garantizaban que los animales tuvieran más de ocho semanas de vida, el periodo que marca la normativa para poder ser separado de sus madres y vendidos a terceros, ni tampoco si tenían el tratamiento veterinario adecuado, es decir, desparasitados y con las vacunas obligatorias, tal como prevé la Ordenanza de Protección, Tenencia y Venta de Animales (OPTVA) en concordancia con el decreto sobre protección de los animales.

La tercera teniente de alcaldía de Agenda 2030, Transición Digital, Deportes y Coordinación Territorial y Metropolitana, Laia Bonet, ha recalcado el trabajo que hace el consistorio con la ''sensibilización '' por la tenencia ''responsable'' de animales de compañía. Considera que el ''momento primordial'' es el de la toma de la decisión de adquirir a uno.

La ordenanza prohíbe la crianza de animales de compañía en domicilios particulares, y sólo se permite en los casos que esté legalizada la actividad como tal. También prevé que los perros y los gatos no se puedan separar de sus madres antes de las ocho semanas de vida. Los animales de compañía tienen que ser esterilizados o entregados con prescripción contractual de esterilización, excepto en los casos que establezca la normativa vigente, y tienen que ser entregados con condiciones de seguridad, de higiene y comodidad.

En el caso de estos dos portales, ninguno de los anuncios disponían de la información sobre el Registro de núcleo zoológico requerido por la normativa de aplicación. En los filtros de cierta aparecía la opción ''monta de perros'' y entre las opciones de la transacción constaba ''particulares''. El ayuntamiento ha considerado que con estos anuncios se estaba promoviendo la cría indiscriminada de animales y su abandono.