Casco obligatorio, uso unipersonal y prohibición de conducir por las aceras excepto en espacios habilidades. Este son los principales ejes de la normativa que prepara el Ayuntamiento de Barcelona para reglamentar en el municipio la conducción de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), los más populares de los cuales son los patinetes eléctricos -que en febrero estarán prohibidos al transporte público-, para adaptarse a la ley estatal 18/2021 que marca todos los requisitos y condicionantes para conducir este tipo de vehículos pero que estaba pendiente de normativización municipal. La nueva normativa será una modificación de la Ordenanza de Circulación de Peatones y de Vehículos y se llevará a aprobación inicial a la Comisión de Movilidad de febrero con la intención de aprobarse al pleno municipal del 28 de abril, de manera que podría entrar en vigor muy a finales de abril o ya en mayo.
Así, la ley estatal del 2021 ya preveía la principal modificación de la normativa, que es la obligación de llevar casco para conducir patinetes eléctricos, pero todavía no estaba vigente pendiente de esta regulación, que, ahora sí, establecerá explícitamente la obligatoriedad del casco en todos los tipos de VMP -una categoría que también incluye segways y monociclos eléctricos-. En concreto, la nueva ordenanza especificará que "las personas conductoras de un vehículo de movilidad personal están obligadas a utilizar el casco de protección homologado para estos vehículos", de manera que la normativa quedará plenamente adaptada a la ley estatal.
Uso unipersonal y aceras prohibidas
Asimismo, la nueva ordenanza establecerá explícitamente que los patinetes eléctricos y similares son vehículos exclusivamente unipersonales, es decir, se establece a la normativa lo que ya prevé la ley, que está prohibido llevar pasajeros en todos los casos, incluido si se trata de menores de edad. Asimismo, también se aplicará la prohibición de circular por las aceras, que también afecta a las bicicletas, estableciendo solo dos excepciones, por una parte, se autoriza la circulación en bicicleta por aceras a los menores de 12 años y sus acompañantes, y, de la otra, se autoriza la circulación de bicicletas y VMP en aquellos espacios de peatones específicamente habilidades.
En este sentido, según ha señalado el director de Mobilidad del Ayuntamiento, Adrià Gomila, por "espacios habilidades" hay que entender los "carriles bici situados en acera" y en el caso de las calles de peatones, "aquellos espacios por donde pueden pasar los vehículos de motor". Explicado de otra manera, en calles como Portal de l'Àngel o los futuros Ejes Verdes del Eixample, los patinetes podrán circular por el carril por donde pueden acceder los servicios de carga y descarga o los coches de los vecinos, pero no por la parte más cercana a las fachadas. Hay que recordar que las calles de peatones siempre reservan espacio para la circulación de vehículos de emergencia.
Otros aspectos que se regularizarán serán la obligación de llevar luces tanto en frente como detrás y timbre, y los VMP de transporte de mercancías tendrán que tener intermitentes. Además, se establecerá una tasa cero de alcoholemia para usuarios menores de edad, mientras que los mayores de edad no podrán conducir con tasas de alcohol superiores a las establecidas para otros tipos de vehículos. Finalmente, se establece la obligatoriedad de los usuarios de patinetes y bicicletas de bajar del vehículo en situaciones de aglomeración de peatones y se condiciona el estacionamiento solo en espacios habilitados, aunque de momento en Barcelona no hay anclajes específicos para patinetes eléctricos.