El Ajuntament de Barcelona ha empezado una campaña informativa por explicar la nueva ordenanza de circulación que entrará en vigor el 1 de febrero. En los grupos más afectados hay las bicicletas y, especialmente, los patinetes eléctricos. Uno de los principales cambios de esta regulación es que el uso del casco será obligatorio para los conductores de vehículos de movilidad personal (VMP) como los patinetes eléctricos. Además, ni las bicis ni los VMP podrán circular por la acera, excepto en algunos casos puntuales.
Una veintena de informadores del Ajuntament de Barcelona dan a conocer desde el jueves y hasta finales de febrero las novedades de la modificación de la ordenanza. Esta nueva normativa fue aprobada a finales de noviembre del 2024 con los votos a favor del PSC, ERC y Barcelona en Comú, la abstención del PP y los votos en contra de Junts y Vox.
El 1 de febrero de 2025 entran en vigor las sanciones de la nueva Ordenanza de circulación. Si viajas en patinete eléctrico:
— Ajuntament de BCN (@bcn_ajuntament) December 24, 2024
����Casc obligatorio
����Vehicle unipersonal
����Més de 16 años de edad
����Llums obligatorios delante y detrás
����Prohibit circular por|para las vorereshttps://t.co/sQfRk0jWPG pic.twitter.com/rBHGkmcKIc
¿Qué cambios introduce la normativa?
La nueva ordenanza persigue especialmente una regulación más clara de los VMP, como los patinetes eléctricos. Por eso, en la ordenanza se remarca que son vehículos unipersonales, por lo cual solo podrá circular una persona sola, y se señala los elementos de seguridad imprescindibles: el uso de casco obligatorio y que el vehículo disponga de luces delanteras y posteriores.
Ni VMP ni bicicletas podrán circular por las aceras. Quedan excluidos casos muy concretos, como bicicletas conducidas por menores de 12 años en compañía de un adulto, que podrán seguir circulando por las aceras, y las conducidas por menores de 14 o para adultos que transporten menores en calles donde no haya un carril bici.
Los patinetes eléctricos y otros VPM tendrán que circular obligatoriamente por carriles bici o por carriles con límite de velocidad de 30 kilómetros por hora o inferior y no podrán circular además de 25 kilómetros por hora; de lo contrario, los usuarios podrán ser sancionados con hasta 500 euros de multa a partir del 1 de febrero.
Además, esta ordenanza prohíbe aparcar motos en los accesos a los centros escolares y hospitales, así como en aceras de menos de 3 metros de anchura o en zonas donde se obstruya el acceso a contenedores o que sean adyacentes a aparcamientos de bicicletas, con sanciones que oscilan entre los 50 y los 500 euros.
Se permite que motos, bicicletas y patinetes eléctricos cuyo uso esté destinado al reparto de mercancías puedan utilizar los espacios de carga y descarga, pero queda prohibido que aparquen en el carril bici para hacer este tipo de operaciones con sanciones de 200 euros.