El proyecto del museo Hermitage en Barcelona quedó enterrado hace dos años cuando los promotores decidieron abandonar la idea de abrir una franquicia del museo de San Petersburgo en la capital catalana, hartos de las trabas que les puso el govern de Ada Colau en el Ajuntament de Barcelona durante años. El fondo suizo-luxemburgués Varia, líder de la iniciativa del Hermitage Barcelona que quería construir en los terrenos del Port de Barcelona, dio definitivamente por descartado el proyecto y se centraron únicamente en el procedimiento judicial que presentaron contra el gobierno municipal, con la intención de intentar conseguir una indemnización por los años que el proyecto estuvo bloqueado. Ahora, sin embargo, han tenido otro revés con la decisión del Juzgado Contencioso Administrativo número 4, que ha resuelto a favor de la decisión del consistorio de anular la concesión del Port que tenía que hacer posible el proyecto.
La comisión de gobierno, competente
Aunque hay varias acciones judiciales en curso, la primera sentencia ha favorecido al anterior gobierno municipal liderado por los comunes, según ha adelantado Nació Digital. El juzgado contencioso-administrativo número 4 de Barcelona ha desestimado todas las acusaciones de los promotores del Hermitage contra el Ajuntament, ya que considera que el govern municipal tenía plenas facultades para denegar el plan de la franquicia del museo ruso. La decisión se confirmó en una comisión de govern del 28 de mayo del 2021, en que los comunes votaron no al convenio con el Port, mientras que el PSC, su socio de gobierno en aquel momento, se abstuvo.
Los promotores privados basaron su demanda en el hecho de que obstaculizar el proyecto suponía "una vulneración de los principios fundamentales del derecho en la Unión Europea de libertad de establecimiento y de libre prestación de servicios" y consideraron el rechazo de los comunes como un "acto arbitrario", y que la decisión de denegar el convenio correspondía al plenario municipal, con presencia de todos los partidos políticos, y no a la comisión de gobierno municipal, tal como se hizo. Por lo tanto, según el juzgado, resuelve que "la alcaldía es el órgano competente" para adoptar la decisión.
Obligación de preservar el interés general
La sentencia, sin embargo, descarta que fuera una decisión "arbitraria", como sostenía el Hermitage, y también la incluye dentro de la obligación de la administración de preservar "interés general", dado que "los intereses económicos particulares no pueden primar sobre interés de los bienes de todos", afirma. La resolución de la magistrada llega después de que el mes de mayo del 2022 también se rechazaran las medidas cautelares que habían pedido a los promotores del Hermitage para poder avanzar con la iniciativa, mientras la justicia no tomara la decisión definitiva. La jueza recuerda que a la hora de aprobar las medidas cautelares se tiene en cuenta el interés general o de terceros y, por lo tanto, que "la medida cautelar podrá denegarse cuando se pueda derivar una perturbación grave de los intereses generales o de terceros". La magistrada recuerda a los promotores del proyecto que ahora tienen 15 días para presentar un recurso de apelación.