La prohibición de subir patinetes eléctricos y otros tipos de vehículos de movilidad personal (VMP) como los monociclos eléctricos al transporte público, vigente desde el pasado 1 de febrero y que tenía una vigencia inicial de seis meses, ha quedado prorrogada tres meses más, de manera que si inicialmente la medida debía finalizar el 31 de julio, ahora se alargará hasta el 31 de octubre. La decisión la ha tomado este miércoles la Autoritat del Transport Metropolità (ATM) a la espera de que el nuevo plazo permita terminar la elaboración de una propuesta de regulación definitiva sobre el acceso y seguridad de estos vehículos, que estuvieron prohibidos a raíz del incendio de un patinete en un vagón de los Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya (FGC) en noviembre de 2022 en Sant Boi de Llobregat.
Según ha informado la misma ATM, la futura normativa que se proponga a los operadores tendrá en cuenta aspectos esenciales de salud pública y, aunque hará prevalecer en todo momento el principio de seguridad, mantiene el objetivo final de favorecer la intermodalidad y, por lo tanto, la inclusión de estos vehículos de movilidad personal en el transporte público. En todo caso, la decisión definitiva se determinará en función de las conclusiones surgidas en el grupo de trabajo que se reúne regularmente desde el pasado diciembre y que cuenta con la colaboración de los diversos agentes que intervienen en materia de seguridad del sistema de transporte: operadores, bomberos, salud, protección civil, seguridad industrial y otros.
¿Cuál es el ámbito de prohibición?
Con la prórroga, las condiciones son las mismas, de manera tal que la prohibición afecta a todos los transportes públicos de Catalunya. Las excepciones son los taxis y los trenes de largo recorrido (AVE y similares), pero el resto están afectados por la prohibición. Aunque la iniciativa ha correspondido a la ATM de Barcelona, se ha hecho extensiva por todo el país. Por lo tanto, afecta a los servicios de Metro de Barcelona; todas las líneas de FGC; todos los servicios de autobús de TMB así como el resto, urbanos e interurbanos, incluido el bus nocturno y los servicios de empresas como Sagalés, Sarfa o Hispano Igualadina, entre otros; el Tram, y los servicios de Rodalies y Regionals de Renfe.
Asimismo, hay que recordar que las denuncias que formulen los equipos de intervención de los operadores de transporte público por incumplimiento de la prohibición de transportar patinetes y monociclos eléctricos en los vehículos e instalaciones una vez pasada la barrera tarifaria, comportarán una sanción de 200 euros. La sanción resulta de la aplicación de la ley 4/2006 que obliga a los usuarios a no introducir objetos o materiales que puedan ser peligrosos o molestos para los usuarios.