El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha rechazado anular la Zona de Bajas Emisiones antes de que la sentencia que la tumbó el marzo pasado sea firme. Así pues, es la segunda vez que el tribunal catalán toma la misma decisión, después de que el pasado mes de mayo el TSJC decidiera no ejecutar el dictamen que abolía la ZBE. Por lo tanto, continuará vigente hasta que el Tribunal Supremo resuelva los recursos sobre el caso presentados por la Generalitat, el Ayuntamiento y el Àrea Metropolitana de Barcelona. La Plataforma de Afectados para las Restricciones Circulatorias es quien pidió, tanto en mayo como en esta ocasión, aplicar ya la sentencia para anular la ZBE.
La sentencia del TSJC que en marzo anuló la ZBE a petición de diez colectivos diferentes, todavía no es firme porque estas tres instituciones interpusieron recursos alegando derechos a la salud enfrente de la movilidad más contaminante, el compromiso de la ciudadanía y la imperiosa necesidad de contar con una Zona de Bajas Emisiones para disminuir la contaminación del aire y, así, poder cumplir con las preceptivas europeas y estatales. El Ayuntamiento se defendió hace unos meses aportando datos desde la implementación de la ZBE, el 1 de enero de 2020, que ha permitido reducir 609.000 desplazamientos en vehículos más contaminantes que comporta la reducción de los niveles de dióxido de nitrógeno (NO2) en la ciudad.
¿Qué dice el TSJC sobre la anulación de la ZBE?
La sección 5.ª de la sala contenciosa administrativa del TSJC sostiene que la ordenanza municipal relativa a la restricción de la circulación de determinados vehículos en la ciudad de Barcelona, aprobada en el plenario del municipal, del 20 de diciembre de 2019, "tiene deficiencias en su elaboración, falta de informes determinantes y para ser excesivo en el ámbito geográfico de aplicación y en el tipo de vehículos excluidos", entre otros motivos, y por eso lo anula. El TSJC también afirma que las medidas adoptadas "tienen un evidente efecto en la competencia y en el mercado", no solamente en los titulares de vehículos profesionales sin distintivo ambiental, sino también en empresarios, profesionales o comerciantes, el negocio de los cuales está situado en la zona, si depende de alguna forma del vehículo.
El tribunal catalán firma que, en este punto, la ZBE produce un "efecto cerrado" en el acceso en días y horas laborables, porque se supedita a la obligación de registro y previa autorización, que puede tener efectos sobre los negocios establecidos dentro de la ZBE. Y concluye que en el procedimiento de elaboración de la ordenanza "no se parte de datos actualizados del parque móvil afectado, ni se contemplan los diferentes efectos que se producen para los residentes y colectivos profesionales".
67 municipios catalanes con ZBE en el 2025
La voluntad del Gobierno es que la restricción de circulación de vehículos antiguos contaminantes se amplíe en 67 municipios en el 2025. A pesar de la sentencia de marzo, esta es la intención "intacta" del ejecutivo catalán. Es decir, todas las poblaciones de más de 20.000 habitantes tendrán la Zona de Bajas Emisiones dentro de dos años y medio, según un documento firmado por el Govern, ayuntamientos, diputaciones, gestores de infraestructuras y entidades a la Cumbre de la Calidad del Aire. Además, todas las poblaciones de más de 50.000 habitantes tienen que tener implementada una ZBE antes que acabe este 2022, según la Ley de Cambio Climático y Transición Energética aprobada por el Gobierno en mayo del 2021.