El impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica es un tributo propio de la Generalitat de Catalunya, cuyo objeto es gravar las emisiones de dióxido de carbono que producen estos vehículos y que inciden en el incremento de las emisiones de gases de efecto invernadero.

La Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) ha publicado el padrón definitivo correspondiente al ejercicio 2023 de todos los vehículos que tributan por el impuesto sobre las emisiones de CO2. A partir del 1 de septiembre, las personas titulares de uno o más vehículos pueden consultar los datos del padrón definitivo y la cuota que deben pagar en la sede electrónica de la ATC (atc.gencat.cat).

Para acceder, se puede hacer mediante el NIF y la matrícula o con identificación digital, utilizando el idCAT Móvil u otro certificado digital válido.

Periodo de pago
  •  Los vehículos que tienen el pago domiciliado recibirán un cargo en cuenta el 20.11.2024.

  • Los vehículos que no tienen el pago domiciliado:

  • Si ya tributaron el año anterior, pueden efectuar el pago del 1.09.2024 al 20.11.2024.

  • Para los vehículos de nueva tributación, la fecha límite de pago se indica en la notificación que recibirá el titular.

En caso de que, al recibir la notificación para pagar el impuesto, se encuentre algún dato incorrecto,
se puede interponer un recurso accediendo a la página de consulta del padrón
(atc.gencat.cat/co2padro).

¿Cómo pagar?

Si no se ha domiciliado el pago, del 1 de septiembre al 20 de noviembre se puede pagar a través de la consulta del padrón definitivo en la sede electrónica de la ATC: atc.gencat.cat/co2padro (con tarjeta, cargo en cuenta o Bizum).

Como recordatorio, se enviará una carta informativa, junto con la carta de pago, para facilitar el abono del impuesto también por los siguientes canales:

  • Teléfono 012, con pago automatizado.
  • Teléfono de L’ATC us truca (93 551 51 51).
  • App de la ATC.
  • Entidades financieras colaboradoras.
  • Oficinas de Correos.
  • Oficinas de la ATC, con cita previa recomendada.
  • También se puede utilizar el código QR que se incluye en la carta de pago.

La fecha límite de pago es el 20 de noviembre de 2024.

¿Quién debe pagar?

Deben pagar el impuesto las personas físicas y jurídicas que durante el año 2023 han tenido domicilio fiscal en Cataluña y han sido titulares de un vehículo (turismo, furgoneta o motocicleta). En concreto, están sujetos al impuesto los turismos y motocicletas con unas emisiones de más de 120g/CO2 por km y las furgonetas con emisiones de más de 160g/CO2 por km.
También están obligadas las personas jurídicas sin residencia fiscal en Cataluña pero que, durante el 2023, han tenido un establecimiento, sucursal u oficina y han sido titulares de algún vehículo domiciliado en Cataluña.

¿Quién no está sujeto o está exento?

No están sujetos al pago los vehículos 100 % eléctricos, los ciclomotores, los camiones o vehículos de más de 3,5 toneladas, los autocares y los vehículos autorizados a transportar más de 9 personas (incluyendo el conductor).

Están exentos los vehículos adaptados para la conducción de personas con movilidad reducida. Los vehículos con matrícula de vehículo histórico y los vehículos clásicos disfrutan de una bonificación del
100 % de la cuota íntegra y, por lo tanto, tampoco tributan. Asimismo, no tienen que pagar el impuesto los titulares de los vehículos que no superen los 6 euros de cuota a ingresar.

¿A dónde va la recaudación?

El impuesto sobre las emisiones de CO2 de los vehículos es un tributo verde, en línea con la fiscalidad ambiental que se promueve en Europa para luchar contra el cambio climático. Grava las emisiones de CO2 de turismos, furgonetas y motocicletas por su impacto directo en el efecto invernadero y el calentamiento global, y, por lo tanto, por las consecuencias que puede tener en la salud de las personas.

La recaudación se destina íntegramente al Fondo Climático y al Fondo del Patrimonio Natural, y retorna a la ciudadanía a través de la inversión en acciones para mejorar el medio ambiente, fomentar la movilidad sostenible y la transición energética, hacer frente a la vulnerabilidad en ámbitos como la agricultura y las zonas litorales, e impulsar la investigación e innovación para mitigar el cambio climático con ayudas a universidades, entes locales y empresas. La información sobre los proyectos en los que se prevé invertir el 2024 se puede consultar en la web de la Oficina Catalana del Cambio Climático.

Canales de atención a disposición de la ciudadanía

  • Sede electrónica de la ATC: toda la información sobre el impuesto, trámites relacionados (consulta de datos, domiciliación, pago y recursos) y asistente virtual atc.gencat.cat/impostco2
  • Teléfono 012. Consultas de carácter general y pago automatizado.
  • Teléfono de asistencia en la tramitación. L’ATC us truca (93 551 51 51)
  • Oficinas de la ATC. Se recomienda pedir cita en atc.gencat.cat/citaprevia.

Para saber más, visite la web impostco2.gencat.cat.