La Audiencia Nacional ha confirmado este viernes la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central, que impuso al Barça el pago de casi 23 millones de euros por el IRPF entre los años 2012 i 2015, con Josep Maria Bartomeu como presidente, derivado de las retribuciones abonadas a los agentes deportivos de los jugadores. El juez, pues, desestima el recurso presentado por el club blaugrana en el 2020 y le insta a hacer frente a la cuantía derivada de la liquidación tributaria, de 8.764.118 euros, a lo que se debe añadir, en concepto de sanción, el abono de 3.031.893 euros (2012), 4.348.402 euros (2013), 5.172.955 euros (2014) y 1.414.158 euros (2015).

La Administración sostiene que las retribuciones pagadas por el club a los agentes de los jugadores, dado que prestan sus servicios a los futbolistas y no al club, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Agentes de Jugadores, tienen la naturaleza de rendimientos de trabajo y están sujetos a retención en el momento del abono, por lo que está obligado a practicar e ingresar la correspondiente retención. El FC Barcelona, por su parte, entiende que los importes abonados a los agentes contratados por el club corresponden a la retribución acordada por sus servicios prestados a la entidad deportiva y, en este sentido, no cabe imputar como retribución de los jugadores las cuantías que corresponden a prestaciones de servicios al club.

Josep Maria Bartomeu, expresidente del Barça / Foto: EFE

La Audiencia Nacional niega que los servicios sean prestados al Barça

"De los hechos constatados por la Inspección, resulta que los pagos realizados por el Club lo han sido en nombre y por cuenta de los deportistas que son los efectivos destinatarios de los servicios prestados por los agentes, mientras que se da la apariencia de que los agentes están prestando un servicio encargado por el Club o representando al Club, lo cual no se acredita en ninguna forma y la realidad que reflejan los documentos del expediente es contraria a estas circunstancias, pues los agentes representan a los jugadores y actúan en interés de ellos", afirma la resolución de la Audiencia Nacional.

"La Inspección llega a la conclusión de que la relación instrumentada entre el FCB y los agentes, tan solo sirve para dar cobertura a los pagos realizados por el Club a los jugadores. Esta apreciación es compartida por la Sala", añade el escrito.

El escudo del Barça, en las oficinas del club / Foto: FC Barcelona

Una simulación buscada

La Audiencia Nacional va más allá, al considerar que todo se trataba de una simulación buscada para reducir los pagos correspondientes. "Se aparenta retribuir por parte del club al agente unos servicios inexistentes, cuando en realidad se está abonando parte de la retribución al jugador de esta forma, por los servicios que presta al club, con la correspondiente incidencia tributaria, que afecta al IS, IVA e IRPF, distorsionando la base imponible de tales conceptos tributarios".

El tribunal explica que en la simulación tributaria es necesaria la utilización de artificios encaminados a la elusión impositiva, esto es, a disfrutar de ventajas fiscales que no corresponden a la real operación realizada. Se trata, añade, de obtener un tratamiento fiscal del hecho imponible y sus circunstancias concurrentes, más favorable del que correspondería a la real operación.

Joan Laporta, presidente del Barça / Foto: EFE

El Barça presentará recurso al Supremo

El Barça no ha tardado en reaccionar a la decisión de la Audiencia Nacional y ha anunciado que presentará un recurso en el Tribunal Supremo. "Sorprende que esta sección de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional no haya tenido en cuenta la jurisprudencia más reciente del Tribunal Supremo sobre esta cuestión y por la que se han podido beneficiar otros clubs de fútbol en sentencias recientes por la misma problemática", explica el Barça.

"También sorprende el divergente criterio de la Audiencia Nacional cuando hace pocos meses otra sección estimó un recurso de nuestro club en un tema idéntico al actual que derivaba de la misma inspección en relación con el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes".