Cuatro partidos de sanción para David López por las acusaciones contra el árbitro Ortiz Arias
En el descanso del Girona-Almería, el defensa catalán acusó al colegiado de propinarle "insultos y faltas de respeto"
Robert Marsà Foto: Europa Press - Joaquín Corchero
Barcelona.
Martes, 9 de enero de 2024. 16:44 Tiempo de lectura: 1 minuto
La Comisión de Disciplina de la RFEF ha anunciado este martes que David López será castigado con cuatro partidos de sanción por sus declaraciones contra el árbitro Miguel Ángel Ortiz Arias durante el Almería-Girona del pasado mes de octubre. Y es que, durante el flash interview del descanso, el defensa blanc-i-vermell cargó contra el árbitro del encuentro, explicando que "intentas centrarte en el partido, pero es difícil, te falta al respeto, te insulta. Es difícil trabajar así".
A raíz de estas palabras, el Comité Técnico de Árbitros (CTA) presentó una denuncia contra el jugador y lo instó mediante un comunicado a presentar una rectificación pública. En este mismo escrito, el CTA concretaba que, una vez escuchados los audios del partido, "en ningún momento insulta o falta al respecto al jugador nº. 5 del Girona, David López. Solo le advierte de que si continúa con ese comportamiento se verá obligado a mostrarle la segunda amonestación". Además, el organismo arbitral invitó al club y a su futbolista a escuchar los mencionados audios con tal de comprobar que no se había producido ningún tipo de insulto.
La Comisión de Disciplina de la RFEF considera que David López excedió la libertad de expresión de los futbolistas
En vista de que ni el Girona movió ficha, ni el jugador emitió ningún comunicado, el comité de competición ha procedido a aplicar sobre el jugador el artículo 106 del Código Disciplinario, por el que a David López se le impone la sanción de una "multa por importe de 601 euros y una sanción de suspensión de 4 partidos". Por su parte, el Girona podrá recorrer frente a Apelación durante los próximos 10 días hábiles
"Este órgano disciplinario está de acuerdo con el Sr. Instructor en que la imputación a los árbitros de una actuación parcial intencionada o de un comportamiento deliberado alejado de las exigencias básicas de imparcialidad u honradez, exceden de la libertad de expresión, del derecho a la crítica, y constituyen un ataque inaceptable a la credibilidad de esta organización deportiva y de sus miembros, y de la propia competición deportiva, de modo que no pueden quedar amparadas bajo el paraguas de la libertad de expresión. Esta doctrina es perfectamente trasladable a quienes voluntariamente se integran en la RFEF a través de los clubes federados, que no pueden emplear públicamente expresiones atentatorias contra quienes desarrollan las siempre difíciles funciones arbitrales. "