La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que mantenga la condena a Rafael Louzán de siete años de inhabilitación a cargo público por el delito de prevaricación cuándo era presidente de la Diputación de Pontevedra por el PP, en la vista de revisión de la sentencia que se ha hecho en alto tribunal español, este miércoles. Si, finalmente, el Supremo confirma esta condena de 2022, Louzán tendrá que dimitir como presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), cargo que ocupa desde diciembre de 2024. El abogado de Louzán ha pedido al Supremo que revoque la condena al considerar que no hizo ninguna adjudicación fuera de la ley. Además, de Louzán, hay otras tres personas condenadas por este caso, algunos de los cuales han alegado que se los tendría que haber aplicado una mayor rebaja de la condena por dilaciones indebidas porque desde que fueron imputados hasta la condena han pasado siete años. El alto tribunal español no avanzará hoy la resolución, según fuentes del Supremo.
Los hechos se remontan a 2013, cuando Louzán, entonces presidente de la Diputación de Pontevedra acordó con el entonces director de infraestructuras del ente y dos responsables de la empresa Eiriña, que concedería a esta societat una subvención de 86.311 euros por hacer de unas obras del campo de fútbol de Moraña (Pontevedra), incluyendo una parte de las obras ya hechas. La sentencia sostiene que desde un buen inicio pactaron darle las obras a Eiriña e hicieron un "concurso público simulado", donde se invitó a otras dos empresas a presentar sus propuestas. Inicialmente, el juzgado de lo Penal 3 de Pontevedra condenó Louzán por los delitos de prevaricación y de fraude, a dos años de prisión y 8 de inhabilitación. La Audiencia de Pontevedra, sin embargo, en el 2022 rebajó la condena y absolvió Louzán de delito de fraude, como también a exalcaldesa de Moraña y exdelegada de la Xunta en Pontevedra, Luisa Piñeiro, que dimitió.
Hechos probados, "intangibles"
En la vista, el fiscal ha recordado que los hechos considerados declarados probados en la sentencia son "intangibles", y que en este relato se desprende que hubo un concierto entre Louzán y los otros tres condenados para hacer "un sistema artificioso de concurso, en fraude de ley,", y por lo tanto para la Fiscalía no hay ninguna infracción por parte del tribunal al condenarlo. "El recurso tiene que ser rechazado de plano", sostiene. El representante del ministerio público también pide que se inadmita o se desestime los otros recursos de los condenados.
En la cuerda floja en la RFEF
Rafael Louzán, que era presidente de la Federación Gallega de Fútbol, fue elegido nuevo presidente de la RFEF, pese al Gobierno, que inicialmente anunció que impugnaría su nombramiento por la condena que tenía, a través de Consejo Superior de Deportes, pero al final no lo hizo. Sustituyó a Pedro Rocha, inhabilidad, y que a su vez ocupó el lugar de Luis Rubiales, que ahora se lo juzga por el beso no consentido a Jenni Hermoso en el Mundial, y que dimitió por este caso en septiembre de 2023.
La ley del Deporte establece que "cuando la persona titular de la presidencia o cualquier miembro de la junta directiva de una federación o liga profesional sean condenados por sentencia firme, tendrán que abandonar el cargo de manera inmediata". Los estatutos de la misma RFEF añaden que para ser miembro de la Federación es necesario "no estar inhabilitado para ejercer cargos públicos".