El Tribunal Constitucional ha anulado parcialmente la ficha federativa deportiva única que aprobó una ley del gobierno español ya que invade competencias de las comunidades autónomas. Así, las federaciones autonómicas sólo tendrán que expedir una licencia federativa estatal para los deportistas que participen en competiciones estatales, pero no para aquellos que lo hagan sólo en competiciones autonómicas. La ley había sido recurrida por la Generalitat y la sentencia ha sido muy bien recibida por la Unión de Federaciones Deportivas de Catalunya (UFEC).
En concreto, se impugnó delante del TC el artículo 23 de la ley de racionalización del sector público, del 2014, que modificó varias leyes, entre ellas la ley del deporte de 1990. El motivo de la controversia se centraba en el establecimiento de una licencia deportiva única para la participación en cualquier competición deportiva oficial y con efectos en los ámbitos estatal y autonómico. El tribunal explica que la redacción de este precepto "no es inconstitucional interpretada en el sentido que se refiere exclusivamente a las competiciones oficiales de ámbito estatal". Por lo tanto, "el precepto impugnado se acomoda al orden constitucional de distribución de competencias".
El TC considera que el nuevo sistema de emisión de licencias federativas que quiso implantar el Consejo Superior de Deportes (CSD) no puede tener los efectos "horizontales" que pretendió porque la competencia en ordenación del deporte corresponde en exclusiva a las comunidades autónomas.