El pasado 28 de diciembre el Gobierno aprobar la nueva reforma laboral acordada por primera vez entre el ejecutivo, los sindicatos y la patronal. Dos días más tarde, la reforma se publicaba en el BOE y finalmente entraba en vigor el 31 de diciembre del 2021. Ahora bien, hay que recordar que con la aprobación también se abría un periodo transitorio de tres meses para adaptarse a la nueva legislación. Estos meses acaban este miércoles 30 de marzo, que quiere decir que a partir de ahora las empresas solo podrán suscribir las modalidades de contratación recogidas en la reforma laboral que presupone el contrato indefinido como ordinario, busca fomentar el uso del fijo discontinuo, y limita modalidades y causas para los temporales.
Es por eso que durante los últimos tres meses de transición las empresas han podido seguir rubricando las anteriores modalidades de contratación temporal, como las de obra y servicio, eventuales o interinato, pero con un tope de 6 meses de duración, es decir, hasta el mes de junio. Además, se han podido mantener los contratos temporales firmados antes del 31 de diciembre con las condiciones previas y que en el caso de los de obra y servicio, una de las modalidades de contrato temporal más usada en España, permitía una duración máxima de 3 años ampliable un año más por convenio.
Por lo tanto, a partir de este miércoles solo se podrán suscribir, aparte de los contratos indefinidos o fijos discontinuos, los temporales en dos modalidades, por circunstancias de la producción o por sustitución de persona trabajadora. En el primer caso, se pueden suscribir en dos escenarios. Por una parte, para situaciones imprevisibles o por desajuste temporal de empleo, con una duración máxima de un año y, por otro, para situaciones previsibles y de duración reducida y delimitada, durante un total de 90 días en un año, pero nunca de manera continuada. Los contratos de sustitución permitirán cubrir la suspensión del contrato con reserva de puesto de trabajo, la jornada reducida por causa legal o convencional y las vacantes durante un proceso de selección sin exceder de tres meses. También entran en vigor este miércoles las nuevas modalidades de contratos formativos para formación en alternancia u obtención de la práctica profesional.
Encadenamiento y contratos formativos
Dos aspectos que también aborda esta nueva reforma son el encadenamiento de contratos y los contratos formativos. En los primeros, se reducirá a un periodo de 18 meses en dos años, el tiempo en el cual se pueden encadenar contratos temporales. Una vez superadas estas condiciones, los trabajadores pasará a ser considerado indefinido.
Con respecto a contratos formativos, se establecerán dos posibilidades, los contratos de alternancia y los de prácticas. En los primeros, el trabajador podrá tener un máximo de 30 años y alternará su trabajo con periodos de formación, tendrá que tener un tutor obligatoriamente y podrá durar entre 3 meses y dos años. Con respecto a los de prácticas, podrán durar entre seis y 12 meses metidos en un periodo de 3 años, 5 para personas discapacitadas, y se suscribirán a los convenios colectivos de cada sector.
Contracción indefinida récord
Aunque la entrada en vigor de las nuevas modalidades de contratos llegará hasta este miércoles, algunos de los efectos de la reforma laboral ya se van notando desde el pasado mes de enero, como por ejemplo la contratación indefinida. Concretamente, entre enero y febrero de 2022, a falta de los datos del mes de marzo, se firmaron un total de 555.513 contratos indefinidos, lo cual supone duplicar las cifras del mismo periodo de 2021. A marzo y según los datos avanzados por el Ministerio de Inclusión, este incremento de la contratación indefinida se ha "acelerado".
Y es que durante el mes de febrero, el último del cual tenemos datos disponibles, se registraron un total de 1.444.057 contratos, un 19,1% más que el mismo mes de 2021. De todos ellos, 316.841 fueron contratos indefinidos, la cifra mayor de toda la serie. Este volumen de contratos fijos es un 139,2% superior al de febrero de 2021 y representa el 21,94% del total de contratos efectuados el segundo mes del año. En paralelo, los contratos por obra o servicio, que van por el camino de la desaparición a consecuencia de la reforma laboral, sufrieron un retroceso del 19,5%.
Del resto de contratos suscritos en febrero, más de 1,11 millones fueron contratos temporales, de los cuales el 25,6% fueron eventuales por circunstancias de la producción a tiempo completo y el 20,9% fueron de obra o servicio, también a tiempo completo. Por su parte, los contratos temporales con jornada a tiempo parcial suponen el 25,2% del total.