Las seis de las mayores constructoras de España alteraron la competencia del sector desde 1992 hasta el 2017 y por eso la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) las ha multado con un total de 203,6 millones de euros, por, precisamente, haber alterado durante más de 25 años la competencia en las licitaciones de construcción de infraestructuras. Concretamente, estas seis empresas sancionadas son Acciona Construcción (29,4 millones de euros), Dragados, propiedad de ACS, (57,1 millones), FCC Construcción (40,4 millones), Ferrovial Construcción (38,5 millones), Obrascón Huarte Lain (OHL) (21,5 millones) y Sacyr Construcción, por el contrario, las actuaciones contra Lantania finalmente se han archivado, según ha anunciado este jueves la CNMC.
El comunicado de la CNMC asegura que desde 1992, estas seis compañías "se reunían semanalmente y decidían los contratos públicos en que iban a compartir trabajos técnicos de sus ofertas" además, Competencia asegura que durante su investigación ha observado que "también intercambiaban información sobre su estrategia de presentación" en diferentes convocatorias para licitar hospitales, puertos, aeropuertos y carreteras, entre otras infraestructuras de interés general.
Por todo eso, el organismo regulador, considera que tales prácticas son una "infracción muy grave" de la Ley de Defensa de la Competencia y el Tratado de Funcionamiento de la Unión europea y señala que durante 25 años las principales constructoras españolas "han alterado miles de licitaciones públicas destinadas a la edificación y obra civil de infraestructuras". "En este caso, se trata de prácticas cuyos efectos han estado especialmente nocivos para la sociedad, ya que afectaron miles de concursos convocados por administraciones públicas españolas para la construcción y edificación de infraestructuras como hospitales, puertos y aeropuertos, carreteras, etc.", subraya la CNMC en su comunicado. Entre las administraciones afectadas figuran fundamentalmente las pertenecientes al ámbito de las infraestructuras, incluido el Ministerio de Foment (actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana), junto con sus organismos y entidades públicas empresariales dependientes.
¿Cómo se lo hacían estas empresas?
¿Ahora bien, sabemos que estas empresas alteraron los concursos públicos para embolsarse todavía más dinero y ganar los concursos de manera fraudulenta, pero como lo hacían? Pues la CNMC explica que el 'modus operandi' de las constructoras desde 1992 era reunirse semanalmente para analizar las licitaciones de obra pública que se habían publicado en diferentes plataformas de contratación del Estado. En estos encuentros, las empresas decidían los concursos en que iban a compartir una parte o la totalidad de los trabajos que compondrían las ofertas técnicas de las licitaciones y los trabajos se encargaban conjuntamente en empresas externas.
Una vez acordado a quien hacía que, las empresas no podían modificar los trabajos generados en conjunto para presentarlos en sus ofertas sin el conocimiento y la aprobación del resto de miembros del grupo. La única personalización admitida era la inclusión de 'logos' y denominaciones de cada empresa en el documento conjunto para dar a las administraciones una apariencia de independencia en la presentación de las ofertas. Delante de eso, la CNMC ha constatado que las constructoras "desarrollaron unas complejas normas de funcionamiento que fueron evolucionando durante el tiempo que duró la conducta". Además, también puntualiza que en los encuentros semanales, intercambiaban información comercial sensible, por ejemplo, su intención de concurrir o no a licitaciones, o la intención de formar UTE (Unión Temporal de Empresas) y los miembros que las integrarían.
Acuerdo a todos los niveles
En el caso de los contratos de edificación y obra civil de infraestructuras de interés general, como hospitales, carreteras o aeropuertos, durante el periodo investigado la oferta técnica era en muchas ocasiones la variable competitiva con mayor importancia. Esta llegaba a conseguir el 70% de la puntuación del concurso, enfrente del 30% correspondiendo a la puntuación económica. Los trabajos que compartían las constructoras eran siempre objeto de puntuación por la administración como aparte de la oferta técnica y en algunos casos, en torno al 5%, las empresas llegaron a compartir el proyecto de licitación que iban a presentar a la administración. El hecho de compartir las ofertas técnicas y los intercambios de información entre licitadores incumplen los deberes de proposición única y de secreto de las proposiciones y eliminan la independencia exigida a las empresas en los procedimientos de contratación pública. Las empresas disolvieron el grupo el año 2017 y manifestaron expresamente que estos acuerdos podían ser contrarios a las normas de defensa de la competencia.
Finalmente, la CNMC considera que los acuerdos sancionados han derivado en una menor variedad y calidad de las ofertas técnicas presentadas y que las empresas competidoras contribuyeron a los contratos públicos en desventaja competitiva, ya que tuvieron que abordar un mayor coste para la preparación de las proposiciones técnicas. Además, al no disponer de la misma información estratégica que las empresas de este grupo, se alteraron los términos de competencia leal entre todos los ofertantes. El regulador recalca además el "efecto agregado" de estas prácticas, a causa del gran número de obras, el elevado importe y la prolongada duración en el tiempo. La CNMC recuerda que contra estas resoluciones podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo delante de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de su notificación.