La Audiencia de Barcelona ha condenado Cofidis por "usura" y ha declarado nulo un contrato de préstamo que incluía un interés del 22,95% TAE. La sección número 16 de la Audiencia ha aceptado un recurso de un cliente de Cofidis presentado por el Colectivo Ronda contra una sentencia previa que lo condenaba a pagar 4.790,39 euros en intereses no satisfechos por un crédito que era de un importe de 5.528 euros.

La nueva sentencia considera el contrato "usurario" y por lo tanto, de acuerdo con la ley, establece que el prestatario sólo está obligado a "devolver la cantidad recibida". Teniendo en cuenta que el cliente ya había pagado 5.579 euros a Cofidis, la Audiencia de Barcelona revoca la sentencia del juzgado de primera instancia que lo obligaba a seguir pagando.

La abogada del Colectivo Ronda Esther Costa, responsable del recurso, ha advertido que "la usura se ha convertido en el eje central sobre el cual gira una parte muy sustancial del negocio de la concesión de préstamos al consumo".

Este tipo de préstamos, advierte al Colectivo Ronda, "han crecido enormemente" en los últimos años impulsado por las dificultades económicas de mucha gente "derivadas de la situación de crisis y las restricciones a la concesión de créditos por parte de las entidades bancarias". La misma abogada ha indicado que "hoy mismo" el simulador de préstamos de Cofidis ofrece "créditos que están con un TAE por encima del 24%", un porcentaje que "tanto la ley como la jurisprudencia del Tribunal Supremo califica de usurario".