El Ministerio de Trabajo ha difundido este miércoles una guía de actuación para las empresas por el coronavirus que les dice que tendrán que detener la actividad laboral en caso de que haya riesgo de contagio en el centro de trabajo. Se trata de una medida que se tendrá que adoptar sólo si hay un riesgo "grave e inminente". En este supuesto, los trabajadores también podrán abandonar el puesto de trabajo. Además, la guía apunta que en caso de riesgo se podrá implantar el teletrabajo y plantear expedientes temporales de suspensión total o parcial de la jornada laboral si la actividad de la empresa se ve afectada por el coronavirus.
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha esperado que la guía no se tenga que aplicar y ha enviado un mensaje "de absoluta tranquilidad". Díaz ha pedido "no acelerar riesgos que a día de hoy parece que no existen" y ha defendido que el Gobierno está actuando "correctamente". "Lo único que estamos haciendo es actuar con la precaución debida y lo que estamos situando son todos los canales para prever situaciones que pudieran darse", ha dicho.
Al mismo tiempo, la ministra ha explicado que la decisión de paralizar la actividad la puede tomar tanto la empresa como los representantes de los trabajadores. "La mera suposición o la alarma social generalizada no son suficientes para entender completos los requisitos de la norma", dice la guía. También remarca que las empresas tendrán que adoptar las medidas preventivas necesarias. La guía también habla de un escenario en que las empresas tengan que presentar expedientes temporales de suspensión del trabajo por índices de absentismo por el coronavirus que impidan la continuidad de la actividad o por la hipotética decisión de las autoridades sanitarias de cierre. Las empresas tendrán que seguir igualmente el procedimiento establecido para hacer ERTEs.
Si la empresa entiende que la interrupción de la actividad es por motivo de fuerza mayor tendrá que recibir la autorización previa de la autoridad laboral y podrían solicitar compensaciones al Estado -como no tener que pagar las cotizaciones. Fuentes de Trabajo apuntan que si se dan estos escenarios se articularán medidas compensatorias que habrá que estudiar caso por caso. En caso de que una empresa detenga la actividad sin proceder a la comunicación de un expediente de regulación de trabajo, tendrá que seguir pagando las nóminas.