El establishment no se queda con las manos en el bolsillo ante la victoria independentista en la Cambra de Comerç. Los resultados no gustaron a dos de los candidatos, el financiero Carles Tusquets y el abogado Ramon Masià, que junto con 20 empresarios más han puesto en marcha un intento de "hacer un 155" contra las elecciones camerales, con la intención de suspender el pleno constitutivo del próximo lunes día 17 de junio, y con la petición de que se anulen los resultados y se hagan nuevas elecciones o bien que se haga un nuevo recuento con las vocalías afectadas por los votos desestimados por la Junta Electoral, "que harían mover hasta 8 vocalías".
El recurso de alzada que pide esta anulación todavía no está admitido a trámite, según ha explicado la abogada Mercedes Cuyàs, del Bufete Maresca, pero está en buen camino y "sí que da tiempo de parar el pleno constitutivo del lunes que viene". Tal como ha explicado la abogada, las acciones legales que se han emprendido son tres: un recurso de protección de los derechos fundamentales, que pasa por delante de todos los procedimientos de que estén ahora mismo en marcha para que haya una sentencia rápida; un recurso de alzada contra el acuerdo de la JEC del 13 de mayo (fecha del recuento definitivo) y por lo tanto contra la consellera de Empresa, Àngels Chacón, que es el órgano tutelar y que pide medidas cautelares; y un requerimiento en el Consejo General de Cámaras de Catalunya principalmente contra la empresa encargada del voto electrónico, Scytl.
La abogada explica que el recurso de alzada contra la consellera pide las medidas cautelares a fin de que se retrase el pleno constitutivo y se deje en suspenso hasta que las actas sean firmes. En caso de que se haga un recuento admitiendo los votos que la JEC desestimó porque eran "sospechosos", Cuyàs asegura que "hasta 8 vocalías pasarían a otros candidatos si se admitieran los votos retirados y darían la victoria a otra candidatura". Por otra parte, en caso de que el pleno constitutivo salga adelante como está previsto, "si no se toman medidas cautelares, puede suceder que más tarde se admita el recurso y el plenario no tenga validez, o esté viciado y los acuerdos que se tomen dejen de tener validez".
La base legal
La jurista ha explicado ante la prensa los motivos de las acciones legales, después de un análisis de todo el procedimiento electoral. "El análisis nos lleva a la conclusión de que efectivamente se produjeron irregularidades e ilegalidades, porque se pudieron vulnerar los derechos fundamentales de los electores y de los candidatos". Al mismo tiempo, alega también "vulneraciones de la legalidad ordinaria" y "vulneraciones de los términos en los cuales se había adjudicado el contrato a la empresa informática Scytl", la encargada de la plataforma informática para el voto electrónico. En este sentido, "se incumplieron en aspectos muy importantes condiciones que en el propio pliegue de prescripciones eran obligaciones esenciales, y su incumplimiento justifica la resolución del contrato", asevera.
Más detalladamente, de entrada se ha impuesto un recurso de protección de los derechos fundamentales, que pasa por delante de todos los procedimientos que estén ahora mismo en marcha. Cuyàs explica que los derechos que creen que se han vulnerado son el derecho a la igualdad, consagrado en el artículo 14 de la Constitución, que entienden que se ha producido en "la acepción de la ley, en la aplicación de la ley y también por la violación de la igualdad en el acceso de los órganos de gobierno de la Cambra". En este sentido, asevera que "hay mucha gente que está muy quejumbrosa con todo el procedimiento porque les ha costado mucho seguirlo, hasta el punto de necesitar de ayuda externa, con las consecuencias que eso comporta".
También consideran que se ha vulnerado el derecho de igualdad a ciertos colectivos como los pakistaníes o los chinos, "que no han tenido los medios para votar en situación de igualdad porque no entendían ni el catalán ni el castellano, y no se les facilitó la información en inglés, y se han sentido discriminados". Estos colectivos iban en la candidatura de Tusquets y en la de Masià.
Por otra parte, se ha puesto un recurso de alzada contra el acuerdo de la JEC del 13 de mayo. La legislación dispone que la Conselleria d'Empresa es el órgano tutelar de la Cambra y, por lo tanto, el recurso de alzada es contra la consellera Chacón. "Es por la vulneración de la legalidad ordinaria, dada por el incumplimiento de la legislación básica del Estado que admite el voto presencial o el voto electrónico, pero siempre acompañado del voto por correo. En estos comicios el órgano competente decidió apartar el voto por correo y sólo se hizo el electrónico", explica la jurista. "También se ha incumplido la aplicación de la autenticación robusta, requerida por orden del Estado en los requisitos para implementar el voto electrónico, y también comprendido en el ordenamiento catalán". La autenticación robusta implica una doble autenticación de la identificación del votante, cosa que sí que se hizo en el voto electrónico presencial pero no en el remoto.
Finalmente, se ha presentado un requerimiento en el Consejo General de Cámaras de Catalunya para que se anule el contrato con Scytl por incumplimiento de condiciones esenciales. "Hemos constatado que hay múltiples incumplimientos de los requerimientos que tenía que haber implementado la empresa Scytl, y esencialmente en el voto remoto se han cometido graves incidencias". Entre los cuales destaca el incumplimiento de la autenticación robusta, que tiene "como consecuencia que se han producido anulaciones de voto, que se sustentan en que la identificación no era segura ―cosa que es una condición necesaria― y todavía más grave es que el auditor sólo ha revisado las IP de donde han salido 8 o más votos, los de 7 o menos no se han revisado. Y por lo tanto, todo aquel voto remoto que ha salido de una IP con 7 o menos votos no se han revisado y nadie tiene la certeza de que sean buenos", explica Cuyàs.
En este sentido, pues, también cargan contra Agtic, la empresa encargada de la auditoría del voto, explicando que la verificación del voto y auditoría posterior se hizo a través de encuestas por correo y por teléfono, preguntando si se había votado, desde dónde y cómo. "Entendemos que hay una grave infracción de la normativa de protección de datos, y también la ley estatal que impide vincular al votante con el voto ―aunque el auditor no ha preguntado por el sentido del voto― pero indirectamente sí que ha habido un conocimiento del sentido del voto porque las cifras bailan a la hora de introducir el voto apartado", critica Cuyàs.
Así pues, de 19.000 y pico votos, 16.000 y pico eran remotos, "por lo tanto, la falta de la autenticación robusta ha extendido un velo sobre el 84% del voto producido y está en una situación de entredicho porque no se puede acreditar la identificación".
Al mismo tiempo, la abogada también hace referencia a "otras vulneraciones", como "la falta de claridad del sistema, y que no era nada intuitivo". También el hecho de que "el sistema estuvo colgado más de 20 minutos y eso es un incumplimiento de la ley, que decía que tenía que estar operativo el 99,98% del tiempo y, si no, el sistema no valía, por lo tanto el sistema no vale". Y por último también ha hecho mención de una empresa que se presentaba a una categoría y que finalmente desistió, "pero a la hora de votar todavía salía como candidata y obtuvo votos".
Sea como sea, de momento el lunes todavía está previsto el pleno constitutivo, y tanto desde la Cambra, la conselleria y la candidatura ganadora se muestran tranquilos.