El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de Foment del Treball contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que declaró legal la huelga general del 8 de noviembre del año pasado, según fuentes de la patronal catalana y de la Intersindical-CSC.
Foment del Treball recurrió la resolución del TSJC que en mayo dio la razón a la Intersindical-CSC, el sindicato convocante del paro, y desestimó la demanda de Fomento del Trabajo. La sentencia concluía que el 8-N fue una "huelga mixta" que tenía unos "motivos políticos" pero "relacionados con otros claramente laborales". Foment del Treball demandó al sindicato a finales de noviembre al considerar que la huelga era política. Ahora serán los magistrados de la Sala Cuarta (Social) del Supremo los que se tendrán que pronunciar.
Foment del Treball, en cambio, consideraba que el paro tenía "motivaciones políticas" y por lo tanto era "ilegal", porque no se convocó con el plazo mínimo legalmente previsto de 10 días y alegó también que el sindicato convocante sólo representa el 0,4% de los trabajadores y, por tanto, no tiene legitimidad para convocar una huelga general. Además, también exigió una indemnización de un mínimo de 100.000 euros por daños y perjuicios ocasionados al tejido empresarial.
La Intersindical-CSC asegura que Foment del Treball persigue tres objetivos: "El primero es no admitir que su demanda si que es política y, por lo tanto, se tiene que insistir. El segundo, castigarnos hasta donde sea posible porque les molestamos, somos una piedra en el zapato del sistema de relaciones laborales del régimen del 78. Y el tercer objetivo es aprovechar las circunstancias para propiciar un cambio en la legislación del derecho a hacer huelga, haciéndola más restrictiva, en la línea de la perdida sistemática de derechos y libertades que padecemos los trabajadores y trabajadoras".
En la misma línea, el sindicato recuerda los motivos por los cuales se convocó la huelga del 8 de noviembre de 2017: "la progresiva pérdida de derechos y condiciones laborales de los últimos años de las clases trabajadoras; la anulación o suspensión de leyes aprobadas por el Parlament y recurridas por el gobierno del Estado; y, la más coyuntural de todos, la reciente aprobación del real decreto ley que permitía la deslocalización exprés de las sedes de las empresas". Es por eso que defienden que había motivos de sobra para salir a la calle.
La huelga fue muy multitudinaria, y el mismo Fomento de Trabajo dio datos de que en aquella jornada "hicieron huelga más personas en Catalunya que el resto del año en todo el Estado". Por este motivo, el sindicato considera que la patronal actúa denunciando en el Supremo; porque le escuece.
"El decreto por el cambio de sede de las empresas pretendía un impacto psicológico"
"El decreto para promover el cambio de sede de las empresas pretendía un impacto psicológico, bien orquestado desde diferentes medios y también por Fomento del Trabajo Nacional," subraya la Intersindical-CSC que añade que se buscaba "un efecto bola de nieve".
Finalmente, el sindicato se reafirma diciendo que "el 8-N se trató de una huelga en defensa de los intereses sociales y laborales de los trabajadores y las trabajadoras de Catalunya".