El Ministerio de Función Pública y Política Territorial ha alcanzado un acuerdo con los sindicatos mayoritarios, CSIF, CCOO, UGT, y CIG, para desarrollar el teletrabajo en la Administración General del Estado (AGE), que permitirá a la plantilla teletrabajar de manera voluntaria tres días a la semana, mientras que los dos días restantes serán de carácter presencial.
El acuerdo, que afectará de manera potencial a 230.395 personas al servicio de ministerios, organismos autónomos y agencias estatales, ha sido firmado este lunes tras cinco meses de negociación por el ministro de Función Pública, Miquel Iceta; el presidente del sector nacional de la AGE de CSIF, Carlos Martínez; el secretario federal de la AGE de FeSP-UGT, Carlos Álvarez; el secretario general SAE FSC-CCOO, José Manuel Vera, y el secretario nacional del sector Estado de CIG, Rubén Méndez. Solo un sindicato, ELA, no ha suscrito el acuerdo.
Según el texto firmado, el teletrabajo en la AGE tendrá carácter voluntario y reversible y estará supeditado siempre a que se garantice la prestación presencial de los servicios a la ciudadanía. No obstante, se podrá autorizar de forma "forzosa" en situaciones excepcionales de fuerza mayor que supongan una restricción de la movilidad, como ocurrió el pasado invierno con la borrasca Filomena o durante el confinamiento.
Una vez que entre en vigor el acuerdo con carácter normativo, cada departamento, previa negociación con los sindicatos, realizará un estudio previo de los puestos que puedan ser desempeñados mediante teletrabajo en función de las tareas. Para cada puesto se identificarán objetivos de trabajo y se evaluará su cumplimiento, conforme a criterios generales negociados, estableciendo un horario fijo de disponibilidad y localización.
Sin embargo, esta modalidad no será de aplicación al personal militar de las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, personal destinado en establecimientos sanitarios, centros docentes o de apoyo a la docencia, ni a jueces, magistrados, fiscales y demás personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia. Estos colectivos se regirán por su normativa específica en materia de teletrabajo.
Además, por primera vez en la historia de la AGE, se establecerá un sistema de acceso al teletrabajo mediante convocatorias públicas al menos una vez al año. También se podrá acceder a esta modalidad mediante sistemas de gestión permanente de solicitudes.
En todo caso, los solicitantes deberán encontrarse en servicio activo y acreditar una antigüedad mínima de un año en el puesto y unidad, sin perjuicio de los requisitos que deban cumplir para el desempeño de las funciones en esta modalidad de trabajo, que habrán de ser públicos.
La autorización habrá de requerir del informe previo del superior jerárquico y su denegación habrá de ser motivada, sin que el mero cumplimiento de los requisitos para el acceso a la convocatoria presuponga la concesión.
Igualdad de derechos
El acuerdo alcanzado entre Función Pública y los sindicatos garantiza la igualdad de derechos para el teletrabajador de la AGE respecto a la modalidad presencial, incluyendo retribución, tiempo de trabajo, formación o carrera profesional, además del derecho a la intimidad y a la desconexión digital.
La Administración tendrá que proporcionar los equipos informáticos con tarjetas de datos y las aplicaciones, herramientas ofimáticas y de ciberseguridad necesarias para la actividad del trabajo a distancia, junto a la formación técnica específica, prevención de riesgos laborales (prevención del estrés o el aislamiento social) y protección de datos.
Una de las principales novedades que contempla el acuerdo es el impulso del trabajo a distancia para mejorar la cobertura de servicios a la ciudadanía en la España vaciada, así como en puestos de difícil cobertura por el elevado coste de la vida.
En estos casos, se podrá establecer una prestación de servicios de carácter presencial de al menos un 10% mensual, de forma que se podrá trabajar a distancia 20 de 22 días laborables. En el acceso al teletrabajo en la AGE se tendrán en cuenta además a las víctimas de violencia de género, discapacidad, otras razones de salud o terrorismo.
Las condiciones para la prestación de servicios bajo la modalidad de teletrabajo para la persona solicitante y el puesto concreto se incluirán en un modelo de 'acuerdo de teletrabajo', que deberá incluir las condiciones de la prestación del servicio: jornadas de teletrabajo y presencial; horario de disponibilidad, tareas, objetivos, criterios de evaluación, ubicación o duración de la autorización, referencia a las causas de suspensión y revocación, así como las posibles condiciones para su prórroga, que no superará en total un tiempo máximo de dos años para la modalidad general.