El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el real decreto por el cual se reforma el sistema de los autónomos y que supone un primer paso para que este colectivo cotice en función de sus ingresos reales. Este decreto, que será tramitado como proyecto de ley, es fruto de un acuerdo entre el Ministerio de Inclusión, los agentes sociales y las asociaciones de autónomos, responde a las recomendaciones del Pacto de Toledo y forma parte de los hitos del plan de recuperación acordado con Bruselas. En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la ministra portavoz, Isabel Rodríguez, ha asegurado que se trata de "un gran acuerdo, importante, para dar tranquilidad a sus vidas, mejorando sus prestaciones y adecuando las cotizaciones a sus ingresos". El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, por su parte, ha valorado que es una reforma "gradual", con un sistema para los tres próximos años; que aporta "flexibilidad", permitiendo ir adaptando sus cotizaciones a lo largo de su vida laboral; y que dota de agilidad, con la tramitación administrativa sencilla mediante una aplicación de móvil
En este sentido, la reforma establece una subida progresiva de las bases de cotización al régimen especial de trabajadores autónomos (RINDA) en 15 tramos según ingresos desde 2023 y hasta 2025, año en que serán revisados. A lo largo de los tres próximos años, se va reduciendo la cuota mínima y elevando la máxima, hasta situarse en 2025 en 200 euros la más baja (los autónomos con ingresos inferiores a 670 euros mensuales) y en 590 euros la más alta (más de 6.000 euros de rendimientos). Una vez llegamos en el 2025, el Gobierno, los agentes sociales y asociaciones de autónomos tendrán que volver a reunirse para evaluar la evolución del sistema y pactar los tramos para los tres siguientes años, alguna cosa que volverá a ocurrir en 2028, acabando el periodo transitorio en 2032, cuando lleguen al modelo definitivo de cotización por ingresos reales.
Cotizaciones según los rendimientos netos
De momento, y para los tres próximos años, los rendimientos netos se calcularán deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en el ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos y, sobre esta cantidad, se aplicará adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% (3% para los autónomos societarios). Además, se establece una cuota reducida de 80 euros mensuales para los nuevos autónomos durante un año, prorrogable por uno más, al mismo tiempo que se mejora la protección social del colectivo.
En concreto, se amplían las modalidades del cese de actividad para mejorar la cobertura, por ejemplo, en casos de interrupción parcial de la actividad, al mismo tiempo que se adapta a los autónomos la protección que proporciona a los asalariados el mecanismo RED establecidos en la reforma laboral. Los sindicatos UGT y CCOO, y sus organizaciones de autónomos vinculadas UPTA y UATAE, respectivamente, han confiado en que esta norma "tenga un amplio apoyo parlamentario para que se cumpla en todos sus términos y permita esta reforma estructural y fundamental que necesitaba nuestro sistema de Seguridad Social".