El Gobierno, la patronal CEOE y los sindicatos han firmado este mediodía el acuerdo para prorrogar los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por fuerza mayor hasta el 30 de junio ante la crisis del coronavirus. El pacto se ha formalizado este lunes en un acto público de firma del acuerdo al Palau de la Moncloa. En palabras del sindicatos después de la firma, aseguran que no se descarta ampliar esta fecha por aquellos sectores -sobre todo de los servicios- que necesiten prórrogas más allá del 30 de junio.
La firma la ha encabezado el presidente del ejecutivo español, Pedro Sánchez, acompañado de los vicepresidentes segundo y tercero, Pablo Iglesias y Nadia Calviño, la portavoz y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, y el de Seguridad Social, José Luis Escrivá. Por parte de los agentes sociales, han participado los secretarios generales de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, y los presidentes de la CEOE y CEPYME, Antonio Garamendi y Gerardo Cuerva.
El acuerdo se cerró el jueves de la semana pasada, por la noche, y lo ratificaron el viernes los ejecutivos de los sindicatos mayoritarios y de la dirección de la patronal. El texto definitivo se aprobará previsiblemente en el Consejo de Ministros de este martes.
Puntos del acuerdo
El decreto para alargar los ERTE mantiene las prestaciones de desempleo y las exenciones de cotizaciones a en mayo y junio y, en el caso de las compañías con ERTE parciales, podrán exonerar entre el 45% y el 85% de las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores que se reincorporen al trabajo.
No se podrán acoger a la medida las empresas que tengan la suyo en paraísos fiscales y las compañías beneficiadas que, a 29 de febrero, tenían más de 50 trabajadores no podrán repartir dividendos. Los trabajadores fijos discontinuos podrán seguir cobrando la prestación hasta el 31 de diciembre. También han acordado crear una comisión tripartida para hacer seguimiento de la situación.
Mantener los puestos de trabajo
Las medidas para alargar los ERTE estarán sujetas al hecho de que se mantengan los puestos de trabajo afectados por una suspensión temporal. Es decir, las empresas no podrán despedir a los trabajadores durante los seis meses siguientes a la reanudación de la actividad. Se entenderá que el compromiso no se cumple si alguna persona afectada por ERTE es despedida, a menos que sea por un motivo procedente. En caso de incumplimiento, la empresa tendrá que reintegrar todo el importe de las cotizaciones que se le exoneraron. Se hará una excepción cuando la empresa esté en riesgo de concurso de acreedores.
Exenciones de cotizaciones
El acuerdo establece que las exoneraciones del pago de las cotizaciones en la Seguridad Social se mantendrán en en mayo y junio tal como eran finos ahora. En caso de que sea un ERTE de fuerza mayor parcial, para empresas de menos de 50 trabajadores, tendrán una exención del 85% en mayo para las cuotas de los trabajadores que se reincorporen y del 70% en junio. Con respecto a las empresas con más de 50 trabajadores y ERTE parcial, la exención será del 60% en mayo y del 45% en junio.
Estas empresas con ERTE parcial, tendrán exenciones inferiores en las cotizaciones de los trabajadores que no se reincorporen y continúen con la actividad suspendida. Del 60% en mayo y del 45% en junio para compañías de menos de 50 trabajadores y del 45% en mayo y del 30% en junio para empresas de más de 50.