El juzgado del social número 33 de Madrid ha sentenciado que un trabajador de la empresa de reparto Glovo es un falso autónomo. Es la primera sentencia en el Estado que reconoce la relación laboral entre la compañía y sus repartidores. La sentencia califica como nulo el despido del trabajador, que según explica el sindicato UGT, fue echado por haber participado en una huelga espontánea en septiembre del 2018 para reivindicar mejoras laborales.
En concreto, el texto del juzgado indica que el despido se anula por haber sido consecuencia del ejercicio de los derechos fundamentales de huelga y libertad de expresión dado que el repartidor era trabajador de Glovo, y no un autónomo.
La sentencia de hoy llega después de dos sentencias contrarias dictadas por otros juzgados del social que habían considerado que la relación de estos repartidores con la compañía era propia de trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE), según indica UGT.