El nuevo sistema que permitirá a los trabajadores autónomos acceder a las ayudas del Govern por la Covid-19 se pone en marcha después de caos en la gestión del primer paquete de ayudas. El lunes 30 de noviembre se abre el plazo de inscripción previa para las ayudas, que finalizará el 7 de diciembre. El orden de inscripción, en esta ocasión, no determinará la preferencia en el otorgamiento de la ayuda.

Todavía falta para determinar los requisitos que se tendrán en cuenta para poder recibir las ayudas para el mantenimiento de la actividad económica por la Covid. Una vez cerrada la ayuda, el Gobierno convocará el Consejo Catalán del Trabajo Autónomo, que será quien determinará cómo se atienden las solicitudes, en función de la disponibilidad presupuestaria. El Govern confía en poder concretar las ayudas y su cuantía final una vez finalice el proceso de inscripción.

Hasta el 7 de diciembre

El formulario para registrarse está disponible en el portal de Canal Empresa. El registro se abrirá el lunes 30 de noviembre a las nueve de la mañana y estará abierto hasta el 7 de diciembre a las 15 horas, tal como ha publicado hoy el Diario Oficial de la Generalitat (DOGC).

La ayuda será compatible con otros de la Generalitat. No se podrán beneficiar los 10.000 autónomos que recibieron los 2.000 euros de la caótica convocatoria del 9 de noviembre, que obligó al Gobierno a pedir disculpas por la gestión de esta ayuda. En aquella ocasión el sistema informático se colapsó. Hubo más de 100.000 solicitudes y solo se pudieron beneficiar un 10%, los primeros que los pidieron.

 

¿Quién se puede inscribir?

La inscripción la podrán hacer los autónomos dados de alta al régimen RETA o una mutualidad que hacen la actividad como persona física a título individual con o sin trabajadores a cargo. En todo caso, el máximo de personas contratadas por cuenta ajena de este autónomo no puede superar las seis, tomando como referencia la media del año pasado.

También pueden optar los autónomos que han constituido una empresa con personalidad jurídica propia, sea unipersonal o con otros socios, pero en este caso, no puede haber más de tres socios. La suma entre socios y trabajadores por cuenta ajena no puede superar las seis personas. En el caso de socios de cooperativas que cotizan al RETA o a una mutualidad, también se pueden sumar si no hay más de tres socios y la cifra total de socios y trabajadores no socios es de un máximo de seis personas.

Además, las personas que se inscriban han de tener el domicilio fiscal en Catalunya, estar dados de alta al RETA o a una mutua desde antes del 1 de octubre, tener una base imponible sobre la renta de las personas físicas que en el detrás ejercicio disponible sea igual o inferior a 35.000 euros, y un rendimiento neto de la actividad en los tres primeros trimestres del 2020 que no supere los 13.125 euros.

Agilidad y rapidez

El Govern ya acordó a su reunión del martes pasado el nuevo sistema de solicitud de las ayudas. La consellera de la Presidencia, Meritxell Budó, destacó que la finalidad era "responder con agilidad y rapidez y que se tengan que cumplir los menores trámites posibles".