A partir del 1 de enero de 2023, los contribuyentes tendrán que declarar las criptomonedas que posean y el valor en euros de las mismas, según se recoge en el borrador del Real Decreto que desarrollará la Ley Antifraude que está en trámite de audiencia pública y a la cual se pueden presentar alegaciones hasta el 8 de julio. La información que tienen que presentar será la referida al año inmediatamente anterior.
El Ministerio de Hacienda perfila dos formularios, el 172 y el 173, para informar anualmente a la Agencia Tributaria sobre los activos y las monedas virtuales y sólo se pueden presentar por vía telemática. Después de desaparecer el modelo 720, el nuevo reglamento busca definir uno nuevo. Al tener que convertir el valor a euros se hará teniendo en cuenta la cotización media de la criptomoneda el día 31 de diciembre del año. Según se describe, también habrá una casilla para indicar la cotización y el valor utilizado para efectuar esta valoración.
¿Qué piden?
Esta obligación afectará las personas y entidades que posean estos activos, tanto para titulares como beneficiarios y autorizados, de informar sobre las monedas virtuales en el extranjero. Hacienda pedirá informar de todos los movimientos, la fecha de operación y las direcciones públicas de origen y destino asociadas a las criptomonedas recibidas o entregadas. De estas operaciones, habrá que dejar también marcado el tipo de criptomoneda adquirida y su valor en euros equivalente, así como las comisiones asociadas.
Infórmate desde el Ministerio
Todo el texto y las especificaciones ya están publicadas, a falta de las últimas concreciones, en el portal oficial de Hacienda. En el texto deja claras las disposiciones: "Será aplicable por primera vez para la presentación del modelo 172, de "Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales" y del modelo 173, de "Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales" correspondientes al ejercicio 2022 que se tenga que realizar en el mes de enero de 2023".