A partir del el año 2040 el Estado español no matriculará turismos o furgonetas que emitan dióxido de carbono (CO2), es decir vehículos diésel y gasolina. Incluye también los vehículos híbridos y de gas natural. Sólo los eléctricos, los movidos por hidrógeno o cualquier otra tecnología 100% limpia, podrán ser comercializados y matriculados en el Estado español, según el documento de trabajo de la futura Ley de Cambio Climático y Transición Enérgética que ha elaborado el gobierno español.
Según las previsiones con las que trabaja el gobierno español, en el año 2050 estaría prohibida la circulación de todos los turismos que emiten de forma directa dióxido de carbono.
Mobilidad sin emisiones de CO2
La norma que prepara el ejecutivo de Sánchez incide en la importancia de promocionar la movilidad "sin emisiones" y en que éste es uno de los cambios más relevantes que se deben acometer durante las próximas décadas para conseguir la completa "descarbonización" de la economía española en la segunda mitad del siglo XXI.
Para ello, el borrador de la ley fija como objetivo alcanzar, en el año 2050, un parque de turismos y vehículos comerciales ligeros sin emisiones directas de dióxido de carbono, y plantea que a partir de 2040 ya no se permitirá la matriculación y venta de ese tipo de turismos.
La ley establecerá además la obligación de que todos los municipios con más de 50.000 habitantes tendrán que contar con "zonas de bajas emisiones" antes del año 2023.
Respecto al transporte por carretera, el ejecutivo tiene previsto elaborar un estudio sobre el establecimiento de gravámenes a los vehículos pesados de transporte de mercancías por el uso de determinadas infraestructuras.
Puntos de recarga para los vehiculos eléctricos
La norma prevé además fijar como obligatorio la instalación de puntos de recarga eléctrica en las instalaciones de suministro de combustibles y carburantes en distintos plazos y en función de su volumen de ventas.