El Tribunal Supremo ha estimado un recurso presentado por la Generalitat y ha dictaminado que los consumidores de gas no tendrán que asumir los costes vinculados al mantenimiento y operatividad del almacén Castor correspondientes al año 2015.
"Eso significa que los consumidores y usuarios de gas no tendrán que asumir los cerca de 18 millones de euros generados por el almacén de gas ese año en gastos de mantenimiento y operatividad", explica la conselleria de Empresa i Coneixement en un comunicado.
La decisión del Supremo va en la línea de la resolución que se hizo pública el pasado 15 de noviembre, en la que daba la razón a la patronal catalana Cecot, que también había recurrido la orden ministerial que establecía los peajes de acceso a las instalaciones gasistas.
La Generalitat también ha impugnado las órdenes de peajes y cánones de gas correspondientes a los años 2016, 2017 y 2018.