El Tribunal Supremo ha reconocido este miércoles que las hipotecas ligadas al Índice de Referencia de los Prestamos Hipotecarios (IRPH) se comercializaron sin la debida transparencia por parte de los bancos. Sin embargo, ha mantenido su criterio de que no deben considerarse nulas.

En los cuatro recursos resueltos el supremo se alinea con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), y aprecia falta de transparencia por no haberse informado de la evolución del índice de los dos años anteriores. La decisión, que supone la última etapa de un largo recorrido judicial, concluye que la banca no deberá devolver lo pagado de más a los casi un millón de afectados que tienen su hipoteca referenciada a tal índice, en lugar del euríbor —históricamente más barato que el IRPH—.

Tras analizar 5 recursos admitidos a trámite (dos de CaixaBank, dos de Kutxabank y uno de Liberbank), el Supremo sigue los pasos del alto tribunal europeo que defendió que no había abusividad siempre y cuando la entidad financiera hubiera explicado en su día bien al cliente que se le referenciaba su crédito hipotecario al IRPH. El objetivo es asentar las bases jurídicas para evitar futuras discrepancias. Y es que, las audiencias provinciales de las distintas comunidades autónomas han emitido fallos contradictorios en los últimos meses.

La sentencia íntegra llegará en los próximos días

Y es que, en marzo de este año, el TJUE decidió que fueran los tribunales españoles los que dictaminaran sobre la falta de transparencia de las hipotecas suscritas con el IRPH. En cualquier caso, el veredicto europeo ya desincentivó la idea de tener que acudir a los tribunales porque en caso de ganar recomendaba cambiar el actual IRPH Cajas por otro índice, como el actual IRPH Entidades, cuyos tipos de interés son muy similares

El Supremo, en los próximos días redactará la sentencia íntegra, contando con el voto particular del magistrado Francisco Javier Arroyo Fiesta que se muestra contrario.

Creado en 1994, las reclamaciones por el uso del IRPH o índice de referencia de préstamos hipotecarios se desencadenaron entre 2013 y 2016, cuando se estabilizó en valores próximos al 2%, mientras que el euríbor empezó a aproximarse a cero, hasta entrar en terreno negativo. En la práctica, esto hizo que las cuotas de hipotecas con IRPH se mantuvieran estables e incluso se elevaran, mientras que con el euríbor se fueron reduciendo de forma considerable, según recoge Efe.

 

Imagen principal: Tribunal Supremo. Foto: Cberbell