La justicia europea se ha vuelto a pronunciar sobre el sistema hipotecario español, concretamente sobre las cláusulas abusivas. Así, el Tribunal de Justícia de la Unión Europea (TJUE) ha determinado este jueves que las cantidades pagadas por el consumidor en concepto de gastos de hipoteca a raíz de una cláusula declarada abusiva le deben ser devueltas salvo que el derecho nacional disponga lo contrario. De esta manera los bancos deberán devolver estas cantidades a los clientes.
El tribunal europeo sostiene que si se declara nula una cláusula abusiva que impone al cliente el pago de todos los gastos de constitución y cancelación de una hipoteca, el derecho comunitario se opone a que el juez nacional niegue al consumidor la devolución de las cantidades abonadas en virtud de esa cláusula.
Los magistrados entienden que eso es así salvo que las disposiciones de derecho nacional aplicables impongan al consumidor el pago de la totalidad o de una parte de esos gastos.
Cuestiones prejudiciales
El tribunal de Luxemburgo ha resuelto así las cuestiones prejudiciales remitidas por dos juzgados de primera instancia de Mallorca y Ceuta para resolver sendos litigios que enfrentaban a los firmantes de dos contratos de préstamo con garantía hipotecaria con Caixabank y BBVA, respectivamente.