La doble decisión del Tribunal Constitucional estimando parcialmente los recursos de los expresidentes de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves y José Antonio Griñán, por el caso de los ERE aboca, de nuevo, a una doble lectura sobre cuál es el comportamiento de los diferentes organismos españoles cuando se trata de abordar actuaciones de políticos cercanos ideológicamente y también sobre como se hace ir la malversación de un lado a otro, como si fuera una acusación en la que unos tribunales pueden decir una cosa y otros, otra. Hacía días que sabíamos que el caso de los ERE, uno de los de mayor corrupción en España por el dinero defraudado y que le supuso al PSOE la mayor condena por corrupción de la democracia, al quedar acreditado que entre el año 2000 y el 2009, para alimentar la red clientelar socialista, se habían desviado subvenciones por más de 679 millones de euros, acabaría en nada o en muy poco.
En parte, por la importancia de los principales implicados, Chaves y Griñán, pero también porque en la trama había muchos silencios que no habían ido a más porque el compromiso del gobierno con los socialistas implicados era, en la práctica, un salvoconducto de que esquivarían la prisión y las penas serían reducidas, como así ha sido. Así, las sentencias emitidas en su día por la Audiencia de Sevilla y la sala de lo penal del Tribunal Supremo, que condenaron a Chaves por un delito de prevaricación a 9 años de inhabilitación especial, por el caso de los ERE, y la de Griñán, condenado a 6 años de prisión y 15 de inhabilitación, han quedado en papel mojado después de que el TC haya estimado parcialmente el recurso de Chaves y haya exonerado totalmente del delito de la malversación a Griñán. El tribunal declara que en los dos casos "se ha vulnerado el derecho a la legalidad penal" y ordena retrotraer las actuaciones a la Audiencia de Sevilla para que "dicte una nueva decisión respetuosa con los derechos fundamentales infringidos".
Uno no puede menos que pensar en las facilidades de Chaves y Griñán en el Alto Tribunal mientras se hacen todo tipo de triquiñuelas —por no usar un calificativo mucho más grave— en la aplicación de la ley de amnistía
Cierto que las comparaciones siempre son odiosas. Pero uno no puede menos que pensar en las facilidades de Chaves y Griñán en el Alto Tribunal mientras se hacen todo tipo de triquiñuelas —por no usar un calificativo mucho más grave— en la aplicación de la ley de amnistía y en la manera injusta e irregular como son tratados los políticos que aún restan en el exilio —Puigdemont, Comín y Lluís Puig— y los condenados por el Tribunal Supremo en el caso del juicio del procés y con inhabilitación aún pendiente, Junqueras, Turull, Forcadell, Romeva y Dolors Bassa. Aquí la malversación es interpretada con un sesgo diferente y el instructor Pablo Llarena argumenta que los comportamientos atribuidos en la causa a los tres procesados exiliados incurren plenamente en las dos excepciones que prevé la ley para amnistiar delitos de malversación, que son que se hayan realizado con propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial y que afecten a los intereses financieros de la Unión Europea. No hay, ciertamente, beneficio personal de carácter patrimonial alguno más que en una interpretación tan sui generis como que lo habrían tenido que pagar ellos y, por tanto, se lo han ahorrado.
Es curioso que sean Chaves y Griñán los amnistiados por el Constitucional, mientras que la amnistía constitucionalmente aprobada por las Cortes no ha llegado a aquellos para los que en realidad se hizo. Las artimañas de la justicia española son inagotables y los vericuetos para retorcer la legislación en base al interés perseguido son incontables. Siempre hay un ejemplo del día o de las últimas horas. Este lunes, la Audiencia de Barcelona ha preguntado al magistrado que investiga el espionaje del president Pere Aragonès con el software Pegasus si se ha planteado aplicar la amnistía a la ex directora del Centro Nacional de Investigación (CNI) Paz Esteban sin que nadie se lo haya pedido, o este martes la sección segunda de la Audiencia de Madrid ha denegado la Comisión Rogatoria Internacional (CRI) solicitada por la magistrada de Andorra para sacar adelante la investigación contra el expresidente del Gobierno del PP Mariano Rajoy, los exministros Cristóbal Montoro, Jorge Fernández, además de otros cuatro excargos de la policía patriótica.
Y es que la justicia española es previsible y siempre cae del mismo lado. O dejémoslo en casi siempre, que excepciones también las hay.