La sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) que ha anulado este viernes la condena de cuatro años y medio de cárcel por violación al futbolista brasileño Dani Alves, ha abierto un debate que va mucho más allá del fallo del tribunal: ¿en qué momento colisionan el derecho a la presunción de inocencia con las declaraciones de la víctima y los hechos que sucedieron? Los magistrados del TSJC, a diferencia de lo que había decidido anteriormente la Audiencia de Barcelona, ponen en duda la versión de la denunciante, y anulan la condena, porque entienden que contiene —a lo largo de los razonamientos— una serie de vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones sobre los hechos, la valoración jurídica y sus consecuencias. No solo eso, el tribunal, además, pone en cuestión a la denunciante y afirma que existe divergencia entre su relato y lo realmente sucedido, una circunstancia que realmente compromete gravemente la fiabilidad de su declaración.
La base de lo que concluye, de hecho, el tribunal del TSJC —formado por los magistrados Àngels Vivas (ponente), Roser Bach, María Jesús Manzano y Manuel Álvarez, que componen la Sección de apelación de la Sala Civil y Penal, y que están insertados en el autodenominado sector progresista de la judicatura— es que a la víctima se la cree pero no en todo. Y es esto último lo que acaba pesando en una sentencia que tiene una doble mirada: es ejemplar y garantista desde el punto de vista de la salvaguarda de la presunción de inocencia, pero deja enormes dudas desde el punto de vista social, ya que la violación se produjo. La palabra de la víctima y el calvario que ha pasado desde que fue agredida en la discoteca Sutton de Barcelona, una situación que ahora volverá a revivir, no supera el filtro, a juicio del tribunal y, en cambio, las insuficiencias probatorias que se han expresado conducen a la conclusión de que no se ha superado el estándar que exige cuestionar la presunción de inocencia. En el recurso, la abogada de Alves, Inés Guardiola, pedía la absolución, alegando que fueron relaciones consentidas. Por el contrario, la fiscal del caso, Elisabeth Jiménez, pedía que el futbolista brasileño fuera condenado a 9 años de prisión por violación, y la abogada de la víctima, Ester García, elevaba la petición de condena a 12 años de prisión. Aunque es recurrible ante el Supremo, las posibilidades de que la sentencia sea corregida en el tribunal de última instancia son aparentemente muy pequeñas.
La sentencia salvaguarda la presunción de inocencia pero deja enormes dudas, ya que la violación se produjo
El hecho de que lo sucedido en la discoteca Sutton, en diciembre de 2022, haya tenido en su trayecto judicial una clara trayectoria de culpabilidad de Alves y ahora haya dado un sorprendente volantazo, es lo que va a acabar causando una gran controversia social. Sobre todo, porque la apariencia de la ley era de una mayor protección de las víctimas que eran capaces de dar un paso tan doloroso y duro como denunciar al agresor con todo lo que ello comporta desde todos los puntos de vista y que ahora, en parte, se desmorona. En base a ello, el exfutbolista del Futbol Club Barcelona había estado 14 meses en prisión —del 23 de enero de 2023 hasta el 24 de marzo de 2024— y el martes se había cumplido un año desde que había quedado en libertad provisional. No solo eso, la Audiencia le había impuesto el pago de una fianza de un millón de euros para permitirle salir a la calle y, previamente, el juzgado de instrucción había ordenado que Alves aportara 150.000 euros para indemnizar a la víctima. Todo ello queda, obviamente, en agua de borrajas. Igual que la retirada del pasaporte y lo que ello comporta, como es el viajar al extranjero y a cualquier país desde ese mismo momento.
Muchas de las opiniones que se han escuchado tras conocerse la sentencia del TSJC alertan del retroceso que puede sufrir el papel de la víctima a partir de ahora, al tratarse, el caso de Dani Alves, de un hecho de enorme repercusión mediática. También la percepción de que la presunción de inocencia acaba siendo un blindaje casi perfecto si no hay testigos presenciales que corroboren la acusación de la víctima. Eso en unos momentos en que existe un cierto consenso en que las corrientes ultraconservadoras que ganan peso en la sociedad están frivolizando una parte de estos debates hasta considerarlos innecesarios y sacarlos de contexto. Esa actitud gana posiciones en la juventud, según muchas encuestas de opinión europeas, con mayor peso en la parte sur del continente. Obviamente, las sentencias no pueden estar basadas en esos sentimientos, pero todo tiene un reflejo cuando se trata de un caso del que se ha hablado durante más de dos años y ahora el final de todo ello es el que es.