La decisión de la Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo avalando la negativa del magistrado Pablo Llarena a amnistiar a Carles Puigdemont, haciendo oídos sordos a la decisión del legislador y a la petición de la propia Fiscalía supone, en la práctica, doblar su apuesta frente al Tribunal Constitucional y el Parlamento español. El Supremo, por unanimidad, una posición que incluye incluso a Susana Polo, considerada progresista y cercana al Gobierno, secunda el criterio del juez instructor y deja la malversación atribuida al president en el exilio y a Toni Comín fuera del perímetro de la norma del olvido penal. Están tan empeñados en sostener la causa que no les importa destruir lo que dieron por probado en la sentencia del procés, emitida por la sala segunda del Supremo en octubre de 2019.

Cualquier profano en la materia solo puede concluir que, más allá de la ley de amnistía, publicada en el Boletín Oficial del Estado el pasado mes de junio, hay un estado profundo que no va a ceder en su posición y, en consecuencia, no va a acatar al legislador. Aunque para ello, el auto del Supremo firmado por Eduardo de Porres, Vicente Magro y Susana Polo tenga que hacer verdaderas virguerías, como, por ejemplo, considerar que la interpretación de Llarena “no contradice el tenor literal de la norma”, sino que “precisa” su “verdadero contenido” y la “interpretación auténtica del concepto de enriquecimiento que el legislador ha plasmado en el texto de la ley”. ¡Tela! Sobre todo, porque a nadie se le escapa cuál era la voluntad del legislador o, al menos, de la mayoría de la cámara, que es, a fin de cuentas, lo que cuenta. La posición de Polo, que tampoco hubiera revertido el resultado, es más significativa que el único voto que representa, ya que pone en entredicho la música que le susurran al oído desde el expresidente Zapatero a otros dirigentes socialistas, y lo que por canales igualmente directos entre Junts y el Gobierno vienen cuchicheando desde Moncloa. ¿No será que la información de Bolaños es un cierto timo?

Más allá de la ley de amnistía, hay un estado profundo que no va a ceder en su posición y, en consecuencia, no va a acatar al legislador

No es ese el único caso. El Supremo, lo que dice, ahora, respecto de la malversación, es que la misma se habría cometido, también, fuera de Catalunya; pero el delito de malversación, en el fondo, es un delito de administración desleal de los fondos públicos cuya gestión se le ha encomendado al autor. Los únicos fondos públicos cuya gestión tenían encomendada los exiliados era la de los fondos de la Generalitat y, por tanto, el presunto delito se habría cometido, siempre y únicamente, en Catalunya. En todo caso, ellos deberían saber que da lo mismo dónde se haga el gasto, porque el perjuicio de la malversación siempre se produce en el lugar donde está la administración cuyos fondos se ha encomendado gestionar.

En casi ocho años de procedimiento, nunca habían dicho que los exiliados hubiesen gestionado fondos fuera de Catalunya, y lo que dicen ahora es una completa marcianada, como lo es decir que no se ha acreditado que no sean ya eurodiputados. No debe ser suficiente acreditación que toda la prensa catalana y la española —por si no leen la primera— lo hubiera publicado, o el simple hecho del viaje del president Puigdemont el pasado mes de agosto para acceder al Parlament de Catalunya en la sesión de investidura del president Salvador Illa. Pero, por lo que parece, la burbuja en la que viven sus señorías del Tribunal Supremo es de tal grosor que no les ha permitido enterarse de nada de lo sucedido en el mundo en el último año. Son eurodiputados y lo saben, claro está. Pero para sustentar lo que no tiene por donde cogerse deben aparentar desconocimiento. El resumen es que el Supremo mantiene en vigor la orden de detención contra Puigdemont y Comín alegando que la amnistía no es aplicable a los investigados por el delito de malversación y zanja el asunto, ya que los indicios existentes en su contra no se han visto modificados o debilitados por la entrada en vigor de la ley. 

Una última reflexión: el hecho de que el Supremo se reinterprete para mantener la posición es una advertencia cara al futuro. Y da pábulo a las posiciones más restrictivas sobre la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la amnistía. El órgano presidido por Cándido Conde-Pumpido declarará la constitucionalidad de la ley de amnistía antes del verano, pero la sala segunda del Supremo consultará al TJUE, el paso que encallará un tiempo largo —entre uno y dos años— el final. O sea, la amnistía.