Tal día como hoy del año 1707, hace 311 años, Felipe V ―el primer rey hispánico de la dinastía Borbón― promulgaba los Decretos de Nueva Planta de los reinos de Aragón y de Valencia. En el preámbulo de aquellos decretos proclamaba que “quedan abolidos y derogados todos los referidos fueros, privilegios, práctica y constumbre hasta aquí observados en los referidos reinos de Aragón y de Valencia, siendo mi voluntad que estos se reduzcan a las leyes de Castilla, y al uso, práctica que se tiene y se ha tenido en ella”. A Felipe V lo justificaría “por la rebelión que cometieron”, “el principal atributo de la soberanía real es la imposición” y “por justo derecho de conquista”. La aplicación de la Nueva Planta en el País Valencià se anticipaba diez años a la de Catalunya y once a la de Mallorca.
La imposición de la Nueva Planta se tradujo en el desguace del entramado institucional valenciano, que fechaba de la centuria de 1200. A pesar de las protestas que le cursaron sus propios partidarios, Felipe V ordenó el cierre tanto de las instituciones propias (la Generalitat y los consejos municipales) como la delegación de la monarquía hispánica (la Audiencia); y después de una intensa depuración (todos los cargos valencianos fueron relevados), impondría una Chancillería (más adelante Real Audiencia) dirigida por el castellano Pedro de Larreátegui, y provista totalmente por funcionarios castellanos. También el consejo municipal de València sería depurado políticamente y subordinado a la autoridad del corregidor castellano Antonio del Valle y del superintendente castellano Juan Pérez de la Puente.
La consecuencia inmediata sería la prohibición terminante de utilizar al valenciano en los ámbitos de la administración y de la justicia. Los Manuales de Consejos y los Cuadernos de Provisiones fueron sustituidos por los Libros Capitulares y los Libros de Instrumentos. Y en el ámbito de la justicia, todos los jueces y fiscales valencianos ―con independencia de su ideología― serían cesados y sustituidos por personal funcionarial castellano, que tenía que garantizar que la totalidad de los juicios se celebraran exclusivamente en lengua castellana. Se daría la paradoja que grandes juristas valencianos, reconocidos en el mes importantes cenáculos de la intelectualidad europea, como Gregori Mayans o Josep Berni ―fundador del Colegio de Abogados de València― quedarían excluidos de la Audiencia borbónica.