Tal día como hoy del año 1702, hace 317 años, y en plena celebración de las cortes que tenían que nombrar a Felipe V ―el primer Borbón hispánico― conde de Barcelona, se producía la primera disputa entre la Generalitat y el rey, por una cuestión de jurisdicción de presos. Según el Dietario de la Generalitat, siete días antes (1 de febrero de 1702), el sargento mayor Antonio Escalera, comandante del fuerte real de Girona, conocido también como castillo de Montjuïc, había detenido y aprisionado al notario de la ciudad Josep Cellera. En ningún caso se relacionan los cargos que se le imputaban, pero sí que se dice que Escalera lo habría detenido y aprisionado por orden del rey Felip V.
La Generalitat, máxima representación de los Brazos estamentales (el equivalente al Parlamento) que, en aquellos días, negociaban con Felipe V el donativo del Principado a la corona hispánica a cambio del juramento de las constituciones catalanas, dirigió una misiva oficial al Borbón advirtiéndole: “E com sàpia vostra mercè molt bé y li sie notori que lo dit Joseph Cellera és persona habitant en la present ciutat (la de Girona) y així bé subjecte al ordinari de aquella y no enmanera alguna subjecte a vostra mercè ni tenir sobre de aquell jurisdicció alguna. De hont, és haver vostra mercè contrafet y usurpat la jurisdicció ordinària y generals constitucions de Cathalunya y capítols de cort”.
En aquella misiva se conminaba a Felipe V a entregar al preso inmediatamente a la justicia catalana "“è lo requereix y interpel·la per una, dos y tres vegadas y per tantas quantas de dret menester sia, que sens mora ni tardansa alguna entregue la persona de dit Cellera, notari y habitant de la present ciutat, y aquell pose en mà y poder de son ordinari que és lo batlle e o sots-batlle de la present ciutat”. Y al mismo tiempo advertían de que el incumplimiento del requerimiento podía provocar la clausura anticipada de las cortes negociadoras: "Procehir contra de vostra mercè (...) instar (...) constitucions y capítols de cort y demés drets de la pàtria (...) contra semblants usurpadors y contrafahedors”.