Las elecciones catalanas del próximo 12 de mayo se aproximan y una de las cosas más importantes que hay que tener en cuenta antes de la cita es saber dónde nos tenemos que dirigir para votar el día de los comicios. Consultar las diversas maneras de saber en qué mesa tienes que votar.

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¿Qué colegio electoral me toca por las elecciones catalanas?

En cada localidad hay varios colegios electorales con múltiples mesas, sin embargo, ¿en cuál tienes que ir para hacer la votación? En el buzón de tu domicilio, ya tendrías que haber recibido la tarjeta censal que envía la Oficina del Censo Electoral (OCE) a todos los electores y electoras donde figura la sección en la cual está censado el elector o electora y la mesa donde le corresponde votar, con la dirección del colegio electoral.

Por lo tanto, todos los ciudadanos que tienen derecho al voto tendrían que tener esta tarjeta con los datos actualizados de su inscripción al censo electoral, una tarjeta censal y de la sección y mesa donde nos corresponde votar.

¿Qué hago si no he recibido la tarjeta censal?

En caso de no haber recibido esta tarjeta, puedes hacer la consulta de las siguientes maneras:

  • Presencialmente, en el ayuntamiento o la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral de empadronamiento.
  • A través del servicio de atención telefónica 900 343 232.
  • A través de la página web del Instituto Nacional de Estadística: Consulta del censo electoral

¿Puede cambiar el lugar donde voto de unas elecciones a otras?

Aunque a las pasadas elecciones votaras en un colegio electoral determinado, este puede cambiar en los próximos comicios, aunque sigas residiendo en el mismo domicilio. Eso puede pasar en caso de que un ayuntamiento considere que unas instalaciones son más accesibles o adecuadas y mueva el colegio de lugar. Por este motivo es muy importante que compruebes qué pone en la tarjeta censal o consultar la web del INE.

También tienes que tener en cuenta otras opciones que pueden hacer que votes en un lugar u otro, como es un cambio de domicilio. El censo vigente se cierra el día 1 del segundo mes anterior a la fecha de convocatoria de elecciones. Como estas se celebran el 12 de mayo, el censo electoral válido se cerró el pasado 1 de abril. Si el cambio de domicilio se hizo antes y, por lo tanto, te empadronaste antes del 1 de marzo en el nuevo hogar, votarás en el colegio electoral que te corresponda por proximidad. Si todavía no estabas empadronado en el lugar nuevo, tendrás que ir a votar al colegio donde ibas cuando estabas en el domicilio antiguo.