Este domingo 12 de mayo, los ciudadanos de Catalunya tienen una cita electoral para escoger al futuro president de la Generalitat y la conformación del Parlament. En total, 5.754.840 pueden participar en esta votación de las elecciones en Catalunya 2024, que se inicia este domingo a las 9.00 horas, momento en que los colegios electorales abren las puertas para que los más puntuales depositen su papeleta. Una jornada que se alargará todo el día, hasta el cierre de los centros para proceder al escrutinio. A continuación, te explicamos todo lo que tienes que saber sobre la apertura de colegios electorales el 12 de mayo.

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Todo lo que tienes que saber sobre la apertura de colegios electorales el 12 de mayo en Catalunya

Los electores pueden ir a votar a los colegios electorales a partir de las 9.00 horas, pero la jornada electoral realmente empieza una hora antes, a las 8.00 horas, momento en que se constituyen las mesas. Todos aquellos que han sido convocados como miembros, tendrán que asistir a fin de que la mesa quede constituida. Eso implica que haya un presidente o presidenta y dos vocales. El siguiente paso es comprobar que esté todo el material para desarrollar el día con normalidad y, en caso de que no sea así, comunicarlo a la junta electoral de zona.

Cuando la mesa queda constituida, se procede a la votación, que se alarga hasta las 20.00 horas, momento en que se cerrarán los colegios electorales. Cada elector se tiene que identificar con un documento de identificación, como es el DNI, pasaporte o carnet de conducir. A continuación, los miembros de la mesa tienen que comprobar que la persona se encuentra en el censo y, una vez encontrado, el votante puede depositar el sobre con el voto dentro de la urna, mientras que la mesa apunta el nombre y apellidos de la persona que vota en la lista.

💶 Cuánto se cobra para ser miembro de una mesa electoral a las elecciones del 12 de mayo
 

Si un miembro de la mesa no se presenta sin razón justificada, la ley marca que puede ser multado. En concreto, el artículo 50 del Código Penal informa de que "la cuota diaria tendrá un mínimo de dos y un máximo de 400 euros". Cuando se fije la duración por meses o por años, se entenderá que los meses son de treinta días y los años de trescientos sesenta. Así pues, el precio a pagar saldrá de multiplicar el número de días que el juez imponga por la cantidad fijada (de 2 a 400 euros).

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