Las elecciones de Catalunya cada vez están más cerca. Los ciudadanos catalanes se encontrarán el próximo 12 de mayo con elecciones autonómicas que definirán quién será el próximo presidente en Catalunya. Son muchas las dudas que se generan de cara al próximo 12-M, como por ejemplo a quién puede votar en los comicios del próximo 12 de mayo o cómo se puede consultar si se cumplen los requisitos para ejercer el derecho a sufragio.
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📊 La participación en las elecciones de Catalunya 2024
Hay excepciones que hace falta tener en cuenta y desde de ElNacional.cat las repasamos a continuación.
¿Quién puede votar?
A las elecciones catalanas, y con carácter general, pueden votar todas aquellas personas que tengan la nacionalidad española, que sean mayores de edad el mismo 12 de mayo y que estén empadronadas en Catalunya. Para poder votar es obligatorio estar inscrito en el censo electoral, cerrado el pasado 1 de enero del 2024. También pueden votar a aquellas personas con nacionalidad española que residen permanentemente en el extranjero, que han tenido en Catalunya la última vecindad administrativa y que están inscritas en el censo CERA (voto elector residente en el extranjero).
¿Cómo consultar el censo?
Si tienes dudas sobre si puedes votar o no el próximo 12 de mayo, puedes consultar quién está llamado en las urnas al censo electoral. El censo electoral es una base de datos que contiene la inscripción de los que reúnen los requisitos para votar y no están privados del derecho de sufragio. Lo elabora la Oficina del Censo Electoral (OCE), órgano encuadrado en el Instituto Nacional de Estadística (INE).
Los electores residentes en el extranjero pueden comprobar sus datos de inscripción a las oficinas consulares. También está disponible en la Seu Electrónica del INE un servicio de consulta de los datos de inscripción al censo electoral, previa acreditación de la identidad del elector con el sistema Cl@ve (DNI electrónico, entre otros). En el caso de los electores residentes en España muestra, además, la mesa y dirección del local electoral.
¿Quién no podrá votar en las elecciones del 12 de mayo?
Por normal general, pueden votar a todos los ciudadanos mayores de edad inscritos en el censo electoral, pero hay algunas excepciones. No podrán votar el 28 de mayo a los condenados por sentencia firme a la pena principal o accesoria de privación del derecho de sufragio durante el tiempo de su cumplimiento.
Tampoco lo podrán hacer los declarados incapaces en virtud de sentencia firme, siempre que la misma declare expresamente la incapacidad por el ejercicio del derecho de sufragio.
Finalmente, tampoco podrán votar los internados en un hospital psiquiátrico con autorización judicial, durante el periodo que dure su internamiento, siempre que en la autorización el juez declare expresamente la incapacidad del ejercicio del derecho de sufragio.