Falta menos de un mes para las elecciones europeas 2024 que se celebrarán del 6 al 9 de junio. España optó por escoger el domingo día 9 para la celebración de estas votaciones. De esta manera, el pasado 13 de mayo empezaron a hacerse sorteos en todo el país para conocer a los integrantes de las mesas electorales el 9J.

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❓ ¿Cómo saber si me ha tocado ser mesa electoral a las elecciones europeas 2024?
 

La Ley orgánica del Régimen Electoral General informa que cualquier persona censada, menor de 65 años y que sepa leer y escribir, puede ser convocada para formar parte de una de estas mesas. Por lo tanto, es obligatorio presentarse en el colegio electoral en caso de que el día 9 de junio te haya tocado formar parte de la mesa. Si tomas la decisión de no acudir a la mesa, tienes que saber que puedes ser castigado con penas de prisión de hasta un año.

No obstante, existen una serie de motivos justificados recogidos por el Boletín Oficial del Estado (BOE) por los cuales se autoriza a no formar parte de la mesa electoral.

Motivos personales para no ir a la mesa electoral

  • Tener más de 65 años.
  • Tener una discapacidad (de cualquier grado).
  • Tener una pensión de incapacidad permanente o temporal.
  • Estar embarazada de más de seis meses o tener permiso de maternidad.
  • Estar interno en un centro penitenciario o en un hospital psiquiátrico.
  • Haber estado miembro de una mesa en al menos tres ocasiones en los últimos 10 años.
  • Haber sido víctima de un delito donde el condenado tenga una orden de alejamiento y esté inscrito en el censo electoral de la mesa.

El BOE recoge también otros motivos relativos a situaciones personales por los cuales pueden liberarse de formar parte de una mesa electoral. No obstante, la Junta Electoral de Zona tendrá que aprobar esta exclusión:

  • Una enfermedad o dolor que no te permita llevar a cabo las tareas que tiene que asumir un miembro de la mesa.
  • Tener una pensión de incapacidad permanente total por una profesión análoga a las funciones que se llevarán a cabo el 12-M.
  • Tener una operación o prueba clínica importante el 12 de mayo, o también inmediatamente los días anteriores o posterior.
  • Estar en situación de riesgo durante los primeros seis meses del embarazo.
  • Formar parte de una comunidad religiosa que no te permite asistir a la mesa.
  • Un cambio de residencia habitual a otra comunidad autónoma.

Motivos familiares para no ir a la mesa electoral

  • Ser madre y encontrarse durante el periodo de lactancia, y hasta que el bebé tenga nueve meses.
  • Cuidar de un menor de 14 años, de personas con discapacidad o de un familiar que, por varios motivos como la edad o una enfermedad, no se puede cuidar solo cuando nadie más se puede ocupar durante los comicios.

Por otra parte, son causas familiares que pueden justificar, vistas las circunstancias de cada caso, la excusa del miembro designado de una Mesa Electoral:

  • Que el mismo día de las elecciones tengas un acontecimiento familiar que no se puede aplazar y tú eres el protagonista (tu boda, por ejemplo).
  • Ser padre o madre de un menor de 14 años, con otro progenitor que no se puede ocupar del menor en cuestión aquel día y no hay ningún otro hermano o ascendiente que lo pueda cuidar.

Motivos profesionales para no ir a la mesa electoral

  • Personas que prestan servicios a juntas electorales, juzgados y administraciones públicas con funciones vinculadas con los comicios.
  • Trabajar en servicios esenciales como los médicos, sanitarios, bomberos y agentes de protección civil.
  • Dirigir un medio de comunicación o ser un jefe de servicios informativos que tienen que cubrir la jornada electoral.
  • Si eres un profesional que tiene que participar aquel día en actos públicos programados antes de que se convocara la votación y nadie te puede sustituir.