Llega el día de las elecciones generales 2023 y se repiten las dudas habituales. ¿A qué hora abren los colegios electorales? ¿Hasta qué hora se puede votar? ¿Qué pasa si quiero votar pero tengo que trabajar? ¿Qué documentos sirven para identificarse a la hora de votar? Aquí, todo lo que tienes que saber sobre la apertura de colegios electorales el 23 de julio.
🔴 Elecciones Generales 2023, DIRECTO | Última hora de los colegios electorales y del 23-J
🔍 Cómo consultar mi mesa electoral por DNI
🗳️ ¿Qué se vota con cada papeleta en las elecciones del 23 de julio?
¿A qué hora abren los colegios electorales?
Los colegios electorales abren a las 9.00 horas, una vez constituidas las mesas electorales —los miembros y los suplentes de las cuales están convocados a las 8.00 horas. Hay que recordar que una mesa electoral está conformada por un presidente y dos vocales. Para cada puesto son convocadas tres personas, de manera que haya dos suplentes por si los designados no asisten. Si ni siquiera así se consigue reunir antes de las 10.00 horas a tres personas que ejerzan como presidente y vocales de la mesa electoral, la Junta Electoral de Zona (JEZ) intervendrá y podrá ordenar que formen parte de la mesa las personas con derecho al voto presentes en el colegio electoral.
¿Hasta qué hora se puede votar?
Los colegios electorales permanecerán abiertos hasta las 20.00 horas, de manera que se permitirá votar también a las personas que a esta hora se encuentren dentro del local o en su acceso. Con todo, hace falta tener en cuenta que puede haber incidencias durante toda la jornada —como, que los miembros de una mesa electoral se den cuenta de que no quedan boletos de alguna candidatura y que ningún representante de la lista pueda suministrar más. En este caso, el presidente de la mesa tiene que comunicar el incidente a la JEZ a fin de que proporcione más papeletas inmediatamente. Esta interrupción no puede durar más de una hora: si se alarga más o surge ningún otro impedimento que haga imposible la votación, esta se tiene que suspender a fin de que la Junta Electoral convoque nuevas elecciones en esta mesa en los dos días siguientes.
¿Qué pasa si quiero votar pero tengo que trabajar?
El Estatuto de los Trabajadores recoge el derecho del trabajador, previo aviso, de ausentarse de su puesto de trabajo para asistir al colegio electoral y votar. Lo que no especifica, sin embargo, es la duración de la ausencia ni la compensación económica: tan solo dice que se podrá ausentar "por el tiempo indispensable". En el caso de los trabajadores públicos, las administraciones a menudo publican en los días previos a las elecciones una resolución que regula estos aspectos —normalmente diciendo que los trabajadores pueden ausentarse un máximo de cuatro horas con justificante dependiendo de cuánto tiempo coincida su jornada laboral con el electoral.
¿Qué documentos sirven para identificarse a la hora de votar?
Cualquier elector tiene que identificarse antes de votar. Se puede presentar el DNI, el pasaporte o el permiso de conducir. Estos documentos tienen que tener foto, aunque sirven incluso si están caducados. Lo que no se puede hacer es identificarse con fotocopias.