Este domingo llega la esperada macrocita con las urnas; los ciudadanos del estado español mayores de 18 años e inscritos en el censo electoral votarán en unas elecciones municipales y, en el caso de algunas comunidades, autonómicas. Para votar, todos los llamados a las urnas (que no hayan votado previamente por correo) se tendrán que presentar en el colegio electoral que les corresponde durante unas ciertas horas.
🗳️ ¿Como saber dónde votar el 28 de mayo a las elecciones municipales 2023?
📩 ¿Como saber si me ha tocado estar en una mesa electoral en las municipales y cuánto me pagan?
¿A qué hora abren los colegios electorales?
Como pasa con todos los procesos políticos que se celebran en el estado español, los colegios electorales este domingo 28 de mayo abrirán a las 9 horas. Ahora bien, si te ha tocado formar parte de una mesa electoral, aunque sea como suplente, tendrás que ir una hora antes, a las 8 de la mañana. Se podrá votar durante todo el día hasta las 20 h, cuando todos los colegios cierren para poder empezar el recuento.
¿Cómo puedo saber si me ha tocado estar en la mesa de un colegio electoral?
La notificación para formar parte de una mesa electoral se recibe en casa por correo y se tiene que recoger personalmente. El 29 de abril, en Barcelona, se realizó el sorteo en los ayuntamientos para designar el presidente, vocales y suplentes de cada mesa. A partir de aquí, las autoridades locales tenían tres días para enviar cartas informando a los ciudadanos de sus roles en la jornada electoral. Sin embargo, hay municipios que realizan el sorteo unos días después, pero la fecha límite para recibir la notificación era el día 6 de mayo. El procedimiento de elección de los miembros de la mesa electoral se realiza por sorteo y es obligatorio cumplir con esta responsabilidad.
¿Puedo no presentarme a la mesa electoral?
La ley contempla sanciones para aquellos que no se presenten, tan económicas como hasta penas de prisión. Estas son las sanciones que pueden afrontar los miembros y suplentes de una mesa este domingo que no se presenten en su lugar a las 8 de la mañana: "El presidente, vocales y suplentes que no acudan a ejercer sus funciones incurrirán en pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses", recuerda el Ministerio del Interior en la web que ha habilitado con información de los próximos comicios. Todo se recoge en el artículo 163 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral Central, donde se especifica que la ausencia.