Queda poco más de un mes para las Elecciones Municipales 2023, y las administraciones públicas ya se preparan para el hito. Entre el 29 de abril y el 3 de mayo los ayuntamientos harán el sorteo público para seleccionar a los ciudadanos que formarán parte de las mesas electorales el próximo 28 de mayo, día de las elecciones. Si quieres saber si tendrás que estar en una mesa como presidente o vocal, o si eres suplente, aquí te explicamos cuál es la fecha límite hasta la cual te lo pueden notificar. La notificación se hará de forma presencial, con una carta entregada a mano en el domicilio del ciudadano, junto con un manual de instrucciones sobre las funciones que tendrá que ejercer. Sin embargo, muchas localidades hacen públicas las designaciones en la sede electrónica de los ayuntamientos y se puede consultar con los datos de empadronamiento en la ciudad y el número de DNI.
 

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Los consistorios municipales tienen un plazo máximo legal de tres días desde que se hace el sorteo para escoger a los ciudadanos que formarán parte de las mesas electorales. Por lo tanto, el 6 de mayo será el último día que podrías recibir la notificación que formas parte de una mesa. En adelante, se abre un periodo de siete días para presentar alegaciones y el 18 de mayo es cuando se publiquen las resoluciones de las mismas y la notificación a los suplentes que tendrán que estar en la mesa el 28 de mayo. Según la Junta Electoral Central, si surge un impedimento después de este plazo, se tendrá que avisar a la Junta Electoral de tu zona de forma inmediata, al menos 72 horas antes del día, aportando las justificaciones pertinentes, y siempre antes de la constitución de la mesa.

Elecciones municipales 2023: Cuántas personas forman parte de una mesa electoral, quien puede ser escogido y exentos

La mesa electoral la conforman un presidente, dos vocales y seis suplentes. Según la Ley orgánica del régimen electoral general, los miembros de una mesa electoral tienen que saber leer y escribir, y tienen que tener menos de 70 años. En el caso del presidente, tiene que tener el título de Bachillerato o el de Formación Profesional de Segundo Grado, o subsidiariamente el Graduado Escolar. Con los mismos requisitos, se nombran dos suplentes por cada uno de los miembros de la mesa electoral. Los ciudadanos que han sido designados para estar a una mesa electoral, si son trabajadores por cuenta ajena, tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si les coincide con un día laboral. Y, en todo caso, tienen derecho a una reducción de su jornada de trabajo el día inmediatamente posterior a las elecciones.

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Las personas con más de 65 años pueden renunciar a formar parte de una mesa electoral en un plazo de siete días después de recibir la notificación. También están exentas de la obligación legal de asistir a la mesa electoral si son escogidas las personas con discapacidad, pensionistas con incapacidad permanente absoluta e invalidez, personas con una baja médica o embarazadas de más de seis meses. Finalmente, también quedan excluidas las personas internadas en centros psiquiátricos o prisiones y los ciudadanos que hayan formado parte de una mesa electoral tres veces en los últimos 10 años. En ningún caso, a quien haya solicitado en voto por correo está exento de formar parte de una mesa. En caso de ser escogido para participar en una mesa electoral y no presentarse de forma injustificada, se incurrirá en un delito castigado con penas de entre tres meses y un año de prisión.