Es un día complicado para los dos principales aliados dentro de la Unión Europea que reniegan de esta. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) primero ha hecho pública una sentencia en que tumbaba la reforma del sistema judicial de Polonia y después una que tumbaba la ley que criminaliza la ayuda a los demandantes de asilo.

El tribunal considera que Hungría incumple las normas comunitarias sobre el derecho al asilo. Concretamente, asegura al país liderado por el ultraderechista Viktor Orbán, incumple sus obligaciones en materia de procedimientos y acogida cuando sanciona los que ayudan y asesoran a los solicitantes de asilo, según informa la ACN.

La ley Stop Soros

El año 2018 el Parlamento húngaro, con mayoría del partido del Fidesz, el de Orbán, probó una nueva normativa que dificultaba enormemente las solicitudes de asilo y perseguía penalmente a las organizaciones que ayudaran a los demandantes de asilos. Es decir, hacía extremadamente difícil reclamar el derecho de todo individuo al asilo y aquellas personas u ONG que querían echar una mano eran perseguidas por las autoridades.

La ley la bautizaron popularmente como ley Stop Soros, en referencia al magnate George Soros, quien puebla obsesivamente el imaginario y la iconografía de la nueva extrema derecha occidental. Ligar la imagen de Soros con algo mínimamente relacionado con los derechos humanos para tildarlo de radicalismo de izquierdas de las élites dominantes, no solo es extremadamente conspiranoico, sino que es un clásico de los discursos de la extrema derecha y el fascismo.

Orbán y los suyos no fueron originales, pero esta estrategia gastada les acabó saliendo bien y su nueva regulación que violaba el derecho a asilo se implantó.

Respuesta de la UE

Después de un recurso de la Comisión Europea, el tribunal con sede en Luxemburgo ha dado la razón al ejecutivo comunitario y considera que asesorar solicitantes de asilo no es una "práctica fraudulenta".

"El tribunal declara que prestar asistencia para formular o presentar una solicitud de asilo en un estado miembro no puede considerarse una actividad que favorezca la entrada o la estancia irregulares de uno nacional de un tercer país en este estado miembro, de manera que la tipificación penal establecida en la normativa húngara no constituye una medida idónea para alcanzar este objetivo," recoge la sentencia.

También considera ilegal que Hungría haya introducido como criterio para rechazar una solicitud de asilo el hecho de que el demandante llegue al país a través de un estado en que no está expuesto en persecución ni "riesgos de daños graves". Según el TJUE, eso es contrario a la directiva de procedimientos.

 

Imagen principal: Viktor Orbán, líder de Hungría, durante una comparecencia pública / Europa Press