Son muchas las funciones que tiene la Dirección General de Tráfico en nuestro país, siendo evidentemente lo más importante de ellas la de intentar seguir aumentando de forma constante la seguridad vial en nuestras carreteras y nuestras ciudades.
Sin embargo, cabe destacar también que es precisamente este organismo el que legisla y el que acaba determinando cuáles son las normas por las cuales un coche debe acabar sí o sí en el desguace.
Lo más habitual en estos casos es que, cuando un vehículo en cuestión lleva mucho tiempo aparcado en un sitio y tiene evidentes signos de desgaste, pasado un tiempo al final sea un vehículo que se retira el sitio en cuestión y acabé en el desguace, pero ese no es el único caso en el que la DGT tiene competencia para acabar llevándose ese vehículo en cuestión al desguace.
Diferentes situaciones reguladas por el artículo 106 de la Ley de Tráfico, el artículo que regula la gestión, la destrucción y descontaminación de aquellos vehículos que por diversas circunstancias y en diferentes situaciones son abandonados por sus titulares.
Por estos motivos la DGT se puede llevar un coche al desguace
Los tres casos más habituales en los que la DGT acaba trasladando un vehículo al desguace son los siguientes:
- Cuando se haya recogido un vehículo como consecuencia de avería o accidente del mismo en un recinto privado siempre y cuando su titular no lo hubiese retirado en el plazo de dos meses.
- Cuando, siempre que hayan transcurrido más de dos meses desde que el vehículo fuera inmovilizado o retirado de la vía pública y depositado por la Administración, su titular no hubiera formulado alegaciones.
- Cuando permanezca estacionado por un período superior a un mes en el mismo lugar y, además, presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o, en otro caso, le falten las placas de matrícula.
Eso sí, La DGT avisa de que hay una novedad en esta normativa. Y es que los vehículos que no se encuentren averiados o accidentados pero que estén abandonados en aparcamientos públicos o recintos privados durante un período de tiempo superior a seis meses también podrán ser trasladados al desguace. Eso sí, antes de este traslado, las autoridades deberán ponerse en contacto con el titular y avisar de la circunstancia. Si pasado un mes el vehículo sigue en el mismo sitio, acabará en el desguace.