Como bien saben todos los conductores en España, la Dirección General de Tráfico es el organismo oficial que se encarga de todo lo que rodea a la seguridad en nuestras carreteras. Si bien es cierto que la DGT realiza todo tipo de trabajos y de proyectos, la inmensa mayoría de los españoles conocen este organismo a través de las multas.
Eso sí, cabe tener en cuenta que, como ocurre en tantos otros aspectos legales en nuestro país, no en todas las comunidades autónomas en España a DGT tiene el mismo peso. Es más, hay tres comunidades autónomas en concreto en las que la Dirección General de Tráfico no puede llevar a cabo procesos sancionadores, es decir, hay tres comunidades autónomas en las que no puede multar.
De esta forma, la Guardia Civil, que es el organismo que está al cargo de las multas y los procesos sancionadores en el resto de nuestro mercado, no tiene esa competencia ni en Cataluña ni en el País Vasco ni en Navarra.
La DGT no te puede multar en Cataluña, País Vasco y Navarra
Fue en 1983 cuando el gobierno central decidió transferir esta competencia al Gobierno Vasco, siendo así la primera comunidad autónoma que la tenía. Es la Ertzaintza, la policía autonómica vasca, la que se encarga de todo lo relacionado con las multas de tráfico.
En el caso de Cataluña, el traslado de competencias se produjo en 1998 tras los acuerdos entre el gobierno central de Madrid y el gobierno catalán, delegando así en los Mossos d’Esquadra, la policía autonómica catalana, la gestión.
Por último, fue hace apenas unos meses, a principios del pasado mes de julio, cuando Navarra obtuvo por primera vez esta competencia, siendo la Policía Foral la que se encarga de las multas de tráfico.
Eso sí, cabe tener en cuenta que, por mucho que la DGT no tenga el poder de multar en estos territorios sí que sigue siendo el organismo que se encarga del cobro de las sanciones y, sobretodo, sigue siendo el organismo que se encarga de actualizar y poner al día todas las normativas relacionadas con la segurida vial.
Tres excepciones que, eso sí, no implican ningún tipo de cambio en lo que se refiere a la dureza de las sanciones o a la gestión de la seguridad en las carreteras catalanas, vascas o navarras.