La condena de Laura Borràs por prevaricación y falsedad continuada en documentos públicos y mercantiles (como autora e inductora) comporta unas penas de más de 13 años de inhabilitación especial para ejercer la función pública electiva o de gobierno o administración y más de cuatro y medio de prisión. Sus coacusados, al haberse conformado con las peticiones de la acusación, han recibido penas, en especial la de privación de libertad, que no superan los dos años y, por lo tanto, en principio, supone el no ingreso en prisión.
Cuatro son los rasgos fundamentales de esta sentencia para la opinión pública. En primer término, el tribunal no ha considerado justificado uno de los temas centrales que oponía la defensa de Laura Borràs, es decir, la no fiabilidad de las pruebas informáticas. La sentencia analiza las alegaciones en este sentido y ve que unas pruebas informáticas no fueron impugnadas y que, de las impugnadas, en ningún caso se estableció de forma suficiente su alteración. Por lo tanto, para el tribunal —incluido el voto particular— las pruebas son válidas y constituyen cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia.
En segundo término, llama la atención la pena privativa de libertad. Tenemos que recordar que la falsedad por parte de funcionario en documento público acarrea históricamente un exceso desproporcionado de punición, entre tres y seis años de prisión. Está sustancialmente más castigada la falsificación de un documento público por parte de un funcionario público —Borràs, a efectos penales, lo es— que un delito de homicidio por imprudencia grave y no digamos que unas lesiones. Todo un disparate politicocriminal en el cual, a pesar de las denuncias de la doctrina y de alguna jurisprudencia, el legislador no ha puesto el ojo. Y a pesar de haber condenado el tribunal a la pena mínima posible, inferior a la demanda por la Fiscalía, sale una pena de cumplimiento atroz: cuatro años, seis meses y un día de prisión. Por eso, el tribunal considera la pena desproporcionada y, haciendo uso —no insólito— de previsiones legales seculares (art. 4. 3 CP), solicita al gobierno central el indulto parcial, para dejar la privación de libertad en dos años y, así, eximir a la condenada del ingreso en prisión.
En tercer lugar, tenemos un esmerado y muy ponderado voto particular, que, si bien conserva el castigo por prevaricación (con pena de inhabilitación), argumenta, entiendo que con acierto, que no hay delito de falsedad. Como me he pronunciado al respecto académicamente, con cierto eco en la jurisprudencia, no puedo más que estar de acuerdo con el voto particular, que puede desplegar un buen juego delante del TS, con ocasión del recurso de casación.
No parece coherente que un gobierno se arriesgue ante la opinión pública y una oposición feroz a indultar un caso, lamentablemente, de corrupción
En cuarto lugar, centrarse en los efectos de esta sentencia resulta primordial. De primeras, al tratarse de una condena por un delito contra la Administración pública (la prevaricación administrativa lo es), el art. 6. 2 b) de la ley electoral prevé que, aún sin condena sujeta, como es aquí el caso, el electo cae en causa de inelegibilidad y, por lo tanto, pierde su escaño. Recordamos el reciente caso del president Torra. La Junta Electoral, ya veremos si de oficio o porque el TSJCat le remite la sentencia o porque algún grupo del Parlament lo denuncia, se dirigirá a la cámara catalana ordenando la expulsión parlamentaria de Laura Borràs. Esta previsión legal, que permite la expulsión de un diputado de su escaño aunque la sentencia no sea firme, es un disparate juridicopolítico catedralicio. Hay que recordar que se vio ampliado en 2011 por una reforma de Rodríguez Zapatero, al introducir en esta confusión los delitos contra la Administración, lo que es hoy y aquí el caso. O sea que, muy pronto, Laura Borràs perderá su acta de diputada, a menos que todo el mundo mire hacia otro lado, cosa apenas pensable.
El segundo efecto de la sentencia que no se tiene que pasar por alto, aunque no es inmediato, radica en la cuestión del indulto. El expediente se abrirá en el Ministerio de Justicia cuando la condena sea firme. Si, como es de esperar, hay recurso de casación ante el TS, no es presumible que se sustancie antes de 12 o 15 meses. Eso quiere decir que la titularidad de gobierno, después de las elecciones de diciembre de este año, podrá ser aproximadamente la misma que ahora o que las riendas de la gobernanza pasen a quien ahora está en la oposición.
En cualquiera de los dos casos, la proposición de indulto del TSJCat es un regalo envenenado. Si gobierna en el futuro quien ahora está en la oposición, dado que el indulto es graciable y la petición del tribunal no vincula al Gobierno, no resulta esperable que el indulto sea otorgado... Salvo, pongamos por caso, que coincidiera, motivo fake, con un año santo o jubilar, tal como el que dio el gobierno de Aznar a casi 2.000 personas el año 2003, incluyendo al prevaricador Gómez de Liaño.
Si, sin embargo, continúa el gobierno actual u otro similar, un gobierno que no ha indultado la corrupción de los ERE, parece que la petición del TSJCat no será atendida. No parece coherente que un gobierno se arriesgue ante la opinión pública y una oposición feroz a indultar un caso, lamentablemente, de corrupción. Ciertamente, Sánchez indultó parcialmente a los presos de los condenados por el procés, pero a) respondía a un tema evidentemente político y b) no hubo ni una pizca de corrupción. En este contexto, un malpensado podría percibir que la guerra entre algunos tribunales y el gobierno, por así decirlo, ilegítimo, continúa.
Sea cual sea el futuro político de Laura Borràs, lo que está claro es que sus días como diputada están contados, lo que, se diría, todo el mundo tiene asumido. El porvenir penal está todavía abierto y no se ha dicho ni mucho menos la última palabra.
P S: Como siempre pasa en estos casos, los comentaristas, en particular, y la opinión pública, en general, solo nos ocupamos de los vips. Es lo que tiene viajar en los vagones de madera de la historia: de los co-condenados, que han salido bastante bien parados en el terreno personal, nadie habla, porque, si no me equivoco, a nadie le importa. Incluso en este punto hay clasismo.