En momentos de confusión no hay nada mejor que la serenidad y la distancia con respecto de la situación para poder tener una mejor panorámica que permita un análisis más acertado de lo que realmente está pasando. En el caso de la persecución a los exiliados, y especialmente en estos momentos, ocurre lo mismo y, por eso, si echamos la mesa hacia atrás y miramos todo con la adecuada perspectiva, seguramente seremos capaces no solo de entender lo que está sucediendo, incluidas las iracundas reacciones de algunos, sino también saber qué fue lo que nos trajo al escenario actual y, sobre todo, tener claro cuál debe ser el camino a seguir.
No cabe duda de que estamos donde estamos como resultado de una poco afortunada reforma legal que intentó, desde una aproximación exclusivamente política —táctica más que estratégica—, solucionar un tema complejo como es el de la judicialización de la política y su afectación al caso catalán, suponiendo que ese fuese realmente el objetivo. En cualquier caso, es claro que no todos los que abordaron la reforma lo hicieron tácticamente, sin perjuicio de que me consta que al menos uno de sus artífices lo hizo desde la honestidad.
He dicho muchas veces que reformar el Código Penal es un trabajo complejo y que toquetearlo no solo representaba una irresponsabilidad, sino que, además, sería la fuente de mayores y más complejos problemas, muchos de los cuales ya los estamos viendo en una inusual confrontación entre el juez Llarena, de una parte, y la Fiscalía y la Abogacía del Estado, de otra, y a esa discusión también nos sumamos nosotros, solo que con argumentos estrictamente jurídicos.
Si la reforma hubiese sido lo clara y beneficiosa que se nos vendió, hoy el panorama no sería el que tenemos. Es decir, el origen de la actual situación no es otro que una reforma que se gestó y articuló erróneamente, sin siquiera entrar a analizar cuál es el precio pagado a cambio de no obtener nada.
En cualquier caso, y a partir de esa modificación del escenario penal, la postura de Llarena se puede resumir o analizar separadamente, según se trate de la sedición/desórdenes públicos agravados o de la malversación.
Parece claro lo que pretenden la Fiscalía y la Abogacía del Estado, y no es otra cosa que estirar el derecho penal al máximo para tratar de servir, en bandeja de plata, la cabeza del president antes de las próximas elecciones generales
En cuanto a la sedición, dice que con su derogación no pueden aplicarse los nuevos tipos penales de los desórdenes públicos agravados y, ni siquiera, el de los antiguos desórdenes públicos.
En su auto, tan combatido por las acusaciones públicas, ya que Vox aún no se pronuncia —seguramente porque ni tan siquiera entiende lo que está pasando—, ya establece lo que, probablemente, será la postura de la sala de lo penal del Supremo al razonar que “el delito de desórdenes públicos del artículo 557 no contemplaba siquiera la actuación ilícita que aquí se analiza (…) la paz pública con actos de violencia sobre las personas o sobre las cosas, lo que no es predicable de los procesados que, como se ha dicho, desplegaron e impulsaron una desobediencia civil y una insurrección institucional orientada a alterar el orden constitucional, sin ninguna llamada a la violencia”.
Llarena, en el tema de los desórdenes públicos, parece acercarse a la tesis alemana que entendió que no eran subsumibles los hechos del 1-O en ese tipo penal o, como poco, no eran atribuibles al president Puigdemont… Solo ha tardado cuatro años y medio en asimilar lo razonado por el Tribunal Superior de Schleswig-Holstein, que en julio de 2018 estableció: “La violencia introducida por algunos grupos autónomos en algunos lugares de votación no era el medio por el que el reclamado pretendía alcanzar la independencia de Catalunya”.
Y, más aún, el tribunal alemán sentenció que “tampoco puede afirmarse que el reclamado haya incurrido en un delito de perturbación del orden público”, para hacerlo “sería necesario que el reclamado hubiera ostentado el dominio del hecho, algo necesario, según los principios generales, para poder achacarle como actos propios del autor los actos violentos o amenazas realizados al amparo de la multitud”.
El análisis alemán del caso, basado en una copia íntegra del procedimiento español remitido por el propio Llarena, contradice, en pocos párrafos, todo lo que ahora están alegando Fiscalía y Abogacía del Estado.
Sin embargo, en cuanto a la malversación, forzando y cambiando los hechos probados de la sentencia de octubre de 2017, Llarena sí cree aplicable el delito de malversación, creando una conducta autónoma y, además, agravada. Sin duda, estamos ante un error técnico que, entre otras cosas, refuta a la propia sentencia del procés y, también, alguna jurisprudencia más reciente dictada por el propio Supremo, con Llarena de ponente, dictada hace escasos 4 meses en otro asunto muy distinto… pero después se quejan si hablamos de persecución política.
En cuanto a las posturas de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, a la vista de sus recursos, parece claro lo que pretenden y no es otra cosa que estirar el derecho penal y sus principios rectores al máximo para intentar el más difícil todavía: tratar de servir, en bandeja de plata, la cabeza del president antes de las próximas elecciones generales… Como si eso no fuese más que un sueño infantil de imposible materialización, porque ni siquiera saliéndonos todo mal, eso sucedería antes de muy avanzado el 2024.
El tan anunciado fin del procés, la vuelta al autonomismo y el anhelado aislamiento del president Puigdemont se construyeron sobre una base falsa, egoísta y desapegada de la realidad
Es claro que las acusaciones, seguramente también el Supremo, siguen sin asumir que tal entrega no sucederá, porque ningún estado europeo extraditará al president ni a Toni Comín en base a unos hechos como los de octubre de 2017, que no fueron delictivos sino políticos.
Evidentemente, no estamos ante una resolución, la de Llarena, ni frente a los recursos de La Moncloa —presentados por Fiscalía y Abogacía del Estado—, que puedan considerarse piezas jurídicas de gran calado, en realidad, más bien carecen de muchos de los elementos que les habrían permitido dar un paso adelante, no solo hacia una auténtica desjudicialización del conflicto, sino, también, un acercamiento al derecho de la Unión, que es el gran ausente en todo este procedimiento.
Pero, a partir de estos movimientos, si hay algo que parece claro, es que en este tablero o partida, si así se le quiere llamar, ya solo quedan tres jugadores con fichas para seguir jugando: Moncloa, el Supremo y el president Puigdemont. Me explicaré.
El proceso de reforma del Código Penal generó un debate político, que no jurídico, mediante el cual, interesadamente, se silenció al exilio y lo que este representa y en el que una serie de jugadores se comprometieron en una solución del conflicto que, a la vista de los resultados, no solo ha terminado siendo irreal, sino que se ha demostrado como una auténtica engañifa que ellos mismos terminaron por creerse, aunque el resultado era previsible desde un comienzo... Les movió la ambición del pardillo.
El tan anunciado fin del procés, la vuelta al autonomismo y el anhelado aislamiento del president Puigdemont se construyeron sobre una base falsa, egoísta y desapegada de la realidad. Pretendieron moldear el ánimo y la voluntad popular orientándola hacia una determinada dirección que dista de ser la elegida por los catalanes en octubre de 2017.
Fue un auténtico proceso de colonización del imaginario, en el que se han invertido ingentes cantidades de recursos públicos y en el que unos empeñaron lo que les quedaba de credibilidad, quienes ahora ven cómo, en esa partida, el papel que les habían asignado no era el de jugadores, o serios interlocutores, sino el de pardillos.
La situación me recuerda mucho a una escena de la película El golpe, donde el personaje de Henry Gondorff, interpretado por Paul Newman, le dice a su socio, otro timador pretencioso y de poca monta: “Si estás jugando una partida de póker, miras a los demás jugadores y si no sabes quién es el pardillo, entonces es que eres tú”… Eso y no otra cosa es lo que ha pasado y, a la vista está, los pardillos recién ahora caen en la cuenta de que han empeñado la fortuna de todos a cambio de nada y que el conflicto, lejos de solucionarse, no ha hecho más que agravarse y, peor aún, les han expulsado de una partida que ya es solo cosa de tres.
Mientras todo esto sucede, los juristas que tenemos encomendada la defensa del exilio tenemos que dedicarnos a luchar con los fallos sistémicos endémicos que han generado la represión vivida desde 2017 y a desmontar los desbarajustes creados a partir de una reforma que ha terminado mostrándose como lo que siempre fue: una gran partida de cartas pensada para desplumar a los pardillos y, de esa forma y con la complicidad de estos, conseguir que nada cambie aunque al final se haya despejado el tablero y ya esto sea solo cosa de tres.