Si tuviera que resumir lo que voy a contarles, lo haría diciendo que el lawfare contra el gobierno progresista de España ya tiene el equivalente al instrucción 13 de Barcelona, y ustedes, queridos lectores, me entenderían perfectamente. El atropello de los derechos del delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, que está llevando a cabo la juez Rodríguez-Medel está produciendo, como poco, un cierto volumen de material judicial, alguno de calidad democrática execrable, que si me dejan hacer de agorera, puede que acabe en la sala de Marchena como palanca para admitir una querella contra el presidente del Gobierno. La maniobra tiene claros antecedentes en el caso penal del procés y no precisan que se lo explique. Cuando una cosa funciona y mucha gente la aplaude porque comparte sus fines, la historia demuestra que acaba siendo utilizada contra otros. Por eso conviene denunciar las barrabasadas siempre, no sea que luego se vengan contra nosotros.
No es de mi estilo, y además carece de sentido, hacer una carga ad hominem para demostrar mis tesis. No esperen encontrar aquí un recorrido vital sobre si esta señora instruyó esto o fue asesora de este otro o si es familia de tricornios o si le hubiera gustado ser directora general del cuerpo. Esto no va de quién sea la señora jueza, sino de lo que objetivamente ha hecho en el ejercicio de su cargo manteniendo una actividad instructora en la que se ha dejado inerme y desposeído de toda arma procesal a una persona sobre la que se vierten graves acusaciones. Eso es lo grave y a eso me voy a ceñir.
La juez Medel decidió ponerse a instruir la denuncia de un ciudadano particular en pleno estado de alarma. Recordemos que la presenta un letrado que no figura en el censo de abogados y que, por tanto, no puede representar a nadie. Mientras el resto de compañeros magistrados sólo han movido las causas con preso consideradas urgentes, Carmen Rodríguez-Medel ha considerado urgente investigar unas manifestaciones que se produjeron a principios de marzo. Ella instruye, pero los plazos procesales están detenidos y eso resulta fundamental, porque así ella está instruyendo sola y el ahora imputado no ha tenido la más mínima posibilidad de defenderse.
Cuando una cosa funciona y mucha gente la aplaude porque comparte sus fines, la historia demuestra que acaba siendo utilizada contra otros. Por eso conviene denunciar las barrabasadas siempre, no sea que luego se vengan contra nosotros
Verán cómo ha ido esto. Nos contó con todo lujo de detalles en el auto de incoación, como excusándose, la llegada de este asunto a su mesa en pleno estado de alarma, y sabemos que, a pesar de que la disposición segunda del decreto de alarma había dejado paralizado todo lo que no fuera inaplazable, ella se puso manos a la obra. Este auto le fue recurrido por la Abogacía del Estado en representación del delegado del Gobierno. La juez Medel, por supuesto, no ha resuelto ese recurso. ¡Ah, los plazos están detenidos, amigo! El día 21 de abril vuelve a dictar una providencia en la que pide una serie de diligencias que hemos de suponer inaplazables y que vuelve a ser recurrido por la representación de Franco. La juez también deja sin resolver ese segundo recurso, ¡oigan, que los plazos no corren! El delegado del Gobierno ha sido citado a declarar como imputado el día 5 de junio, justo el día siguiente de que vuelvan a correr los plazos procesales y ¡se sentará ante la jueza sin que esta haya resuelto ninguno de los recursos y sin haber podido interponer ninguno ante la propia citación!
También ha dictado la juez Medel el 16 de mayo otra providencia en la que le da traslado a la Fiscalía y al denunciante de sus actuaciones, pero, ojo, “no a efectos de notificación”, dado que los plazos no corren. La Fiscalía no puede emitir su informe en esas circunstancias y Medel logra así aparcar al ministerio público. Así que no respondemos a la Abogacía ni recabamos el informe de los fiscales y, sin embargo, citamos a declarar como imputado a todo correr y como si no hubiera un mañana. Una forma torticera de utilizar el estado de alarma para instruir despojando de todo derecho a la persona sujeto de tus investigaciones. Unánle lo de imputarlo en una providencia —¡para qué hacer un auto razonado de cientos de folios como con la infanta o con Bárcenas o con Torra!—. El recurso posible ante esta imputación puede presentarse hasta el día 7, pero él debe presentarse a primera hora de la mañana del día 5.
Infumable en términos de respeto a los derechos de José Manuel Franco, y esa es la última barrera que debe franquear un juez.
Eso no por no hablar del tono intimidante de unos escritos en los que, lo nunca visto, apercibe a la Fiscalía y a la Abogacía del Estado por si se les ocurre delinquir, a ellos defensores de la legalidad, algo inaudito, tan insólito como dirigirle un requerimiento al secretario de Estado de Seguridad para advertirle de lo mismo, de que podría delinquir. Medel se ha salido totalmente del tiesto de sus atribuciones porque no es misión de los jueces instar a ningún ciudadano a que no delinca y porque lo que hace en realidad es reprochar al ministerio la adopción de una decisión para la que tiene completa competencia, como es el cese de un cargo de libre designación. La ley le prohíbe a la magistrada realizar reproches de este tipo a otro poder del Estado. ¿Por qué ha decidido cubrir con el manto de la absoluta reserva —incluso rozando la paranoia con los apercibimientos— si se trata de una instrucción que no podría declarar secreta puesto que no se dan los supuestos para ello? Lo mismo que cabría preguntarse por qué optó por pedirle las diligencias a la Guardia Civil cuando, según el artículo 11.2 de la Ley de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, debiera haber optado por el Cuerpo Nacional de Policía, pero eso es peccata minuta para lo que está pasando.
Esta operación espuria ya salió con Catalunya, llevo años contándoselo, y ahora todo apunta a que van a intentar reproducirla a escala nacional
Nos encontramos ante una imputación que, además, pretende referirse a una prevaricación imprudente que es atípica, es decir, que no aparece en el Código Penal, salvo que pretenda que el Gobierno sabía que esas manifestaciones iban a llevarnos a una debacle sanitaria y que le dio igual. Como comprenderán, tal cuestión es ilógica, no sólo jurídica sino políticamente, ya que es tanto como decir que el Gobierno se metió a sabiendas, o casi provocó, la mayor crisis sanitaria y política que se le podía venir encima. Serían autolesiones. El Constitucional ha sido claro respecto a la vigencia del derecho de reunión en pleno estado de alarma y con 28.000 muertes registradas, ¿pretende Medel que éste debió ser restringido con cero muertes y 46 casos conocidos en la Comunidad de Madrid y que no se hizo injustamente y a sabiendas?
Vuelvo al principio. Esto es una guerra política a través de instrumentos judiciales. Aunque es muy probable que la juez Medel no pueda hacer gran cosa cuando la Fiscalía se oponga a mantener tal acusación y sin ser su denunciante acusación popular, lo cierto es que habrá generado un montón de documentación, igual que pasó con Ramírez Sunyer, y también que parte de esa denuncia se redirigió al Supremo. ¿Va Marchena a inadmitirla sin pedir y estudiar esta precausa que le han organizado?
Esta operación espuria ya salió con Catalunya, llevo años contándoselo, y ahora todo apunta a que van a intentar reproducirla a escala nacional. Por eso siempre he creído que honestamente había que denunciar estos manejos y así lo hice.
Lawfare ofrendado a mayor gloria política de la derecha y la ultraderecha.
Nada nuevo bajo el sol.