Hay actitudes que se parecen a la de realizar unos disparos de escopeta de balines en el escenario en el que acaba de hacer explosión una bomba nuclear. Esa sensación me ha producido la noticia de que un letrado haya pensado que iba a poder anular la materia del juicio del 1-O alegando que se habían producido disfunciones en el reparto del decanato de Barcelona, de modo que las diligencias habrían recaído en el juez Ramírez Sunyer a través de una maniobra espuria para lograr que un magistrado “obsesionado” con la unidad de España las instruyera. El razonamiento incluye no sólo la petición de nulidad de lo actuado en Barcelona, sino que pretende la de toda la prueba derivada de la misma que se encuentra en Madrid. No termino de entender qué sentido tiene una iniciativa de este tipo ahora y no lo entiendo porque el letrado no lleva razón en lo que afirma del reparto, porque incluso si este se hubiera realizado mal, eso no afecta a la cuestión del juez predeterminado por la ley y, por último, porque me resulta curioso que se dispare un perdigón así pensando en Estrasburgo cuando ya se tiene la bomba nuclear de la falta de competencia del Tribunal Supremo y en su día de la Audiencia Nacional.
Disparar balines cuando se tiene ya el arma de destrucción masiva que detonará en Estrasburgo, la competencia que de forma insólita se arroga el Tribunal Supremo y cómo lo hace, sólo puede producir la impresión en la opinión pública nacional e internacional de que se realizan intentos desesperados por anular la causa o que se buscan disfunciones donde no las hay. Y no es cierto. Hay muchas anomalías procesales que han vulnerado muchos derechos. Las suficientes para lograr una gran deflagración en Europa sin necesidad de enredar con los perdigones.
El escrito presentado por el abogado Ramón Setó no va a prosperar y esta vez no lo hará con razón. Ya saben que yo soy muy adicta al pan y al vino. Siento que el letrado haya tenido que dar tantas vueltas para encontrar las normas de reparto, es verdad que el acceso debería ser mucho más franco y rápido, pero tal vez debería de haber recurrido a su Colegio desde el primer momento. Quizá es que los abogados no tienen normalmente que andar recurriendo a buscar estas normas internas de los tribunales para ordenar el volumen de trabajo que tiene cada uno. Eso es lo que son, normas internas sin valor procesal. De hecho, pueden ser variadas y cambiadas cada vez que un decano o un presidente de sala o de otro órgano lo vea necesario para que las cosas funcionen mejor. Sólo tiene que llevarlas a la sala de gobierno, otro órgano de funcionamiento interno, para su aprobación por los magistrados que la integran.
Es verdad que durante mucho tiempo, antes de la irrupción de la informática, hubo una cierta picaresca a la hora de quedarse con los asuntos por parte de un juzgado o de otro. Normalmente la utilizaban más aquellos que investigaban los asuntos o los que presentaban querellas y preferían que fuera un magistrado y no otro el que las instruyera. Eso pasó tantas veces y con tanta asiduidad en la Audiencia Nacional, por poner un ejemplo con Garzón, al que Policía y Guardia Civil le reventaban los asuntos en las guardias porque pensaban que con él iría mejor, que se produjeron muchos recursos al respecto de modo que tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Constitucional se han pronunciado en muchísimas ocasiones sobre ello. Esto significa que la petición que el letrado hace ahora ya tiene solución jurisprudencial y no le da la razón. En esta ocasión no puedo augurar que su petición no irá a ninguna parte por cuestiones aviesas o turbias sino por una cuestión tan clara como esta que les digo: ya está resuelto. Incluso si en efecto se hubiera producido una maniobra turbia y prevaricadora, no habría lugar a nulidad. Eso también está dicho. Por decirlo en lenguaje claro, la jurisprudencia dice que si la competencia es de los juzgados de instrucción de Barcelona, ese es el juez predeterminado por la ley, y que ya cómo se llame o cuál sea el número de juzgado no afecta a ese derecho.
Introducir una queja de vulneración de derechos más que dudosa como ésta sólo puede contribuir al discurso de los que consideran que todas estas denuncias no son sino papel mojado
Pero es que además el letrado se confunde, dado que en las normas que estaban en vigor cuando se presentó la querella ya había desaparecido la cuestión de que los juzgados de guardia no pudieran ser turnados así que tampoco tiene base su denuncia en ese sentido. La norma lo que dice es que si entra una querella cuando estás de guardia, debes enviarla al decanato para su reparto informático y aleatorio entre los 33 juzgados de Barcelona y, ahí sí, si el azar la vuelve a enviar al que estaba de guardia éste se la queda. Nótese que se trata del azar.
En la petición de nulidad se traza un perfil del difunto magistrado que no voy a discutir. Lo que sí discuto es que el abogado no haya aportado ninguna prueba de que el reparto informático fue amañado ni de cómo. Tampoco nos cuenta qué motivo habría tenido la secretaria judicial del decanato o la propia decana para hacerlo más allá de que el reparto “deja entrever un interés por parte del Poder Judicial en que el asunto se reparta a ese juzgado por su ideología” pero parece no darse cuenta de que a quien acusa de haber actuado de forma espuria no es a Sunyer, que no pudo hacerlo, sino al decanato y sus responsables. No aporta ni la más mínima prueba de cómo pudo suceder ni quién pudo hacerlo ni por qué.
No entiendo, insisto, lo de los perdigones, existiendo como existe la bomba de Hiroshima para detonar en Estrasburgo. Introducir una queja de vulneración de derechos más que dudosa como ésta sólo puede contribuir al discurso de los que consideran que todas estas denuncias no son sino papel mojado y todos sabemos que hay muchas que no lo son. Tampoco es baladí el hecho de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ya se haya pronunciado en varias resoluciones considerando que la cuestión del reparto de asuntos es derecho interno y que no incide para nada en sus competencias. Balines. Perdigones. Tiro errado. En términos de comunicación, un mensaje desesperado, cuando no hace falta.
No creo que la mejor estrategia ahora sea improvisar, aunque, obviamente, cada letrado debe hacer lo que mejor considere para sus patrocinados en el orden legal y también en el orden comunicativo. Tal vez éste era el sentido último de esta acción, que quedara claro que algunos sectores no permanecen pasivos. No lo sé. Hay lecturas que se me escapan. Otras las tengo tan claras que casi me parece ver el ímprobo esfuerzo del cazador descargando su carabina en medio de un hongo letal.