Ahora que se retoma el proceso para el levantamiento de la inmunidad del president Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí, y viendo tantos nervios en relación con el mismo, igual es buen momento para recordar algunos temas que, con el confinamiento y el paso de los meses, se han ido olvidando.
El procedimiento para intentar el levantamiento de la inmunidad, más conocido como suplicatorio, es un proceso reglado, así lo establece claramente el Reglamento del Parlamento Europeo, y tiene dos facetas muy diferenciadas: la política y la jurídica, que actúan como dos caras de una misma moneda.
La primera fase del procedimiento se verá en los meses venideros en el ámbito de la JURI, que es la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento (no confundir con el departamento legal del mismo), compuesta por 25 eurodiputados y no todos ellos son juristas. Esta comisión elaborará un informe y luego elevará una propuesta que, finalmente, será votada en el pleno del Parlamento.
Las decisiones que se adopten en esa comisión, y la posterior votación en el pleno, tendrán mucho de política y, por tanto, ahí poco o nada es lo que puedo decir. Sin embargo, es evidente que llegar a esa votación es un camino procesal en el cual hay que respetar una serie de normas que entran claramente en lo jurídico.
Cada paso que dé la JURI, también los que luego dé el Parlamento, tiene una trascendencia jurídica que es sobre la que los abogados actuaremos, si se llega a ese momento, y es por ello que cuando voy escuchando relatos interesados, viendo nervios y, en general, mucha confusión creo que resulta importante tener presente que aquí, como en otras ocasiones, nada se dejará a la suerte ni a las casualidades.
Este suplicatorio parte mal desde su base: lo solicita una autoridad, el Tribunal Supremo, que no es la autoridad competente para investigar ni enjuiciar a los eurodiputados
El procedimiento, con tener un fuerte componente político, no deja de estar sujeto a unas reglas y éstas se inician disponiendo que cualquier suplicatorio debe ser planteado por una autoridad competente, que ha de ser tramitado conforme a reglas previamente establecidas, que ha de contar con un rapporteur por cada parlamentario afectado, que dicho rapporteur ha de ser, necesariamente, imparcial y que no se puede privar de ningún derecho fundamental a los eurodiputados afectados.
Pues bien, sobre esa base se irá actuando en la medida en que se vayan viendo desviaciones procesales que afecten a esos derechos y garantías.
Todos sabemos que este suplicatorio parte mal desde su base: lo solicita una autoridad —el Tribunal Supremo— que no es la autoridad competente para investigar ni enjuiciar a los eurodiputados. Esto no lo decimos solo nosotros, sino que lo ha dicho ya Naciones Unidas, la justicia belga y, como si eso no fuese suficiente, lo ha terminado por reconocer el propio Tribunal Supremo.
Sí, por sorprendente que parezca, el Tribunal Supremo, después de muchas insistencias, reconoció el pasado 23 de octubre: “Es cierto, como razonan, que inmunidad no es exactamente lo mismo que aforamiento, ya que este último lo único que determina es la competencia de un determinado tribunal para conocer de determinados asuntos concernientes a determinadas personas. También lo es que ninguna norma, ni europea ni interna, atribuye expresamente al Tribunal Supremo el conocimiento de las causas contra europarlamentarios”.
Con este explícito reconocimiento por parte del Tribunal Supremo lo que se ha venido a hacer es, de una parte, dar la razón a Naciones Unidas, de otra a la justicia belga, pero, sobre todo, asumir que mantener la competencia implica vulnerar palmariamente el artículo 47 de la Carta Europea de Derechos Fundamentales que establece: “Toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa y públicamente y dentro de un plazo razonable por un juez independiente e imparcial, establecido previamente por la ley”.
Cuando no existe una previsión legal y un determinado juez o tribunal se atribuye la competencia para un asunto claro, se está vulnerando un derecho fundamental y, por tanto, podemos asumir que este suplicatorio, desde la base, comienza mal o muy mal. El Tribunal Supremo no es el juez “establecido previamente por ley” y no lo es porque hasta ellos mismos así lo han reconocido.
Sea cual sea la decisión política, la misma carecerá de cualquier consecuencia si, al final, termina adoptándose a costa de los derechos de los eurodiputados afectados
Desconocemos si la JURI y/o el Parlamento Europeo entrarán en ese tema, pero no estaría mal que así lo hiciesen, al menos para ahorrarse un proceso que, más temprano que tarde, terminará llegando al mismo puerto al que han llegado los previos intentos de arrastrar a los exiliados hacia España.
Obviamente, no vamos a fiar todo solo al tema del juez “establecido previamente por ley”, los argumentos son múltiples y muy variados y se irán poniendo sobre la mesa en la medida en que se vayan necesitando o que vayamos avanzando en un procedimiento que, como digo, nace viciado de nulidad.
Ahora bien, que tengamos la razón jurídica de nuestra parte no implica que, inicialmente, las cosas vayan a salir como esperamos. Seguramente, y como así ha sucedido a lo largo de estos más de tres años de lucha en el exilio, tendremos que adentrarnos en una batalla jurídica que no siempre transcurre al ritmo que Twitter, los telediarios o las propias angustias desearían… En todo caso, lo relevante será el resultado final que, en la Europa de las libertades y en el marco de la Carta Europea de Derechos Fundamentales, tenemos claro cuál será.
Partí diciéndolo, un suplicatorio es un proceso que tiene dos caras: una política y otra jurídica, por lo que, al final, lo relevante es tener claro que, sea cual sea la decisión política, la misma carecerá de cualquier consecuencia si, al final, termina adoptándose a costa de los derechos de los eurodiputados afectados.
Dicho más claramente: si bien muchos creen que el tema va de votos, de lo que no se dan cuenta es que va de derechos, y ahí y a pesar de defender los derechos de una minoría nacional, siempre hemos demostrado saber lo que estábamos haciendo. Por lo tanto, déjennos trabajar, mantengan la tranquilidad, la paciencia y la confianza, porque esto no solo es cuestión de votos, sino de derechos.