El caso de Sandro Rosell ha generado ríos de tinta, tanto por la injusta prisión provisional que ha sufrido como por su desenlace con una sentencia absolutoria que bien pudo ser un auto de sobreseimiento libre hace ya más de 2 años. Ni ahora existían motivos para su condena ni antes existieron para su imputación e ingreso en prisión. Y, sin embargo, a partir de este caso lo que deberíamos es adentrarnos en averiguar si estamos ante el excepcional abuso de la prisión provisional o ante un problema mucho más profundo que adquiere ribetes de riesgo sistémico.
No son pocos los que piensan y también piden que a la juez Lamela se le exijan responsabilidades por esta fallida instrucción y el tiempo que los señores Rosell y Besolí permanecieron injustamente en prisión. El problema es que eso bien parece una tarea hercúlea… al menos en España, y me explicaré.
Para muchos, el problema de la justicia española es su falta de independencia y se basan en la forma en que se eligen a los miembros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y a los miembros del Tribunal Constitucional (órgano que no forma parte del poder judicial). Sin embargo, si analizamos el tema en profundidad, comprobaremos que, siendo cierto que el mecanismo de elección dista mucho de ser el más adecuado y que se presta para las injerencias políticas, el mayor riesgo no parece estar en la fase de elección de estos órganos sino en la absoluta falta de controles, pesos y contrapesos, externos a la hora de supervisar su funcionamiento y exigir responsabilidades cuando se abusa del poder que se les ha conferido.
Los mecanismos de control que se pueden ejercitar sobre los actos, omisiones, aciertos, desaciertos y delitos que puedan cometer los miembros de las altas instancias jurisdiccionales son, en principio, dos: el disciplinario, que radica en el propio CGPJ, y el penal, que radica en la Sala Segunda del Tribunal Supremo; es decir, el primero en manos de Lesmes y el segundo en manos de Marchena y, qué duda cabe, ninguno de esos mecanismos permite un control, ejercicio de equilibrio o contrapeso externo, con lo pernicioso que ello resulta de cara a la transparencia y a la indeseable impunidad.
Todo poder que no tiene contrapoder tiende a ser un poder que se expande y se transforma en abusivo y que, por definición, es impropio de un estado democrático y de derecho
Pensar que el CGPJ va a sancionar, por ejemplo, a Carmen Lamela por el caso Rosell, o por cualquier otro, cuando ha sido el propio CGPJ el que la privilegió ascendiéndola, inopinadamente, hasta la Sala Segunda del Tribunal Supremo, primándola por encima de candidatos con más méritos, es tanto como seguir creyendo en la existencia de Papá Noel. Ni lo hará en este ni en ningún otro caso.
Pensar que la Sala Segunda del Tribunal Supremo, con Marchena presidiendo la Sala de Admisiones, va a acordar la apertura de una investigación penal en contra, por ejemplo, de Carmen Lamela por el caso Rosell, o por cualquier otro, cuando ha sido el propio Marchena el que la ha apoyado para su inmerecido ascenso, es tanto como seguir creyendo en la existencia del ratoncito Pérez. Ni lo hará en este ni en ningún otro caso.
Algunos, los que sigan creyendo en Papá Noel y en el ratoncito Pérez, pensarán que, llegados a este punto, podremos acudir a la vía civil para exigirles, al menos, una responsabilidad civil por sus actos: se encontrarán con la sorpresa de que el Capítulo II del Título III de la Ley Orgánica del Poder Judicial, denominado “De la responsabilidad de Jueces y Magistrados” y dedicado a la responsabilidad civil (artículos 411 a 413) fue íntegramente derogado por el artículo único de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Dicho más claramente, lo que se ha creado, bien por la autarquía en que se mueven las altas instancias jurisdiccionales bien por reformas legales explícitas, es un espacio de impunidad que hace inviable la exigencia de responsabilidades a aquellos jueces que, por una u otra razón, han logrado enquistarse en las altas instancias de la jurisdicción española.
Todo poder que no tiene contrapoder ni vía independiente y externa para exigirle responsabilidades tiende a ser un poder que se expande y se transforma en abusivo y que, por definición, es impropio de un estado democrático y de derecho.
Todo estado que quiera ser democrático y de derecho debe tener una estructura donde sus diversos poderes sean controlables externamente
Ahora bien, desde una perspectiva europea, es claro que la anómala situación que se vive en el estado español en relación con estas altas instancias jurisdiccionales viene a configurar lo que se denomina “riesgo sistémico”, es decir, una situación en la cual lo que realmente está en peligro es el propio sistema democrático y los valores y derechos contenidos en el artículo 2 del Tratado de Lisboa.
Hace ya tiempo que España se ha adentrado en esa zona de “riesgo sistémico” y hay casos, como el del procés o el del Sr. Rosell, que lo ponen más y más en evidencia y que permiten vislumbrar que sin un proceso de reforma serio y asentado en fuertes principios democráticos, lo único que se conseguirá será, más temprano que tarde, adentrarnos en un proceso según el cual será la propia Unión Europea la que tendrá que reconducir esta situación con medidas que, estoy seguro, no gustarán ni a los de la banderita en la pulsera ni a aquellos que se dicen demócratas pero que, cuando pasan estas cosas, miran para otro lado o tienden a justificarlas.
El “riesgo sistémico” es evidente y lo que hay que decidir es cómo se quiere solucionar: internamente o esperar a que venga impuesto desde Europa, porque lo que no cabe es pensar que desaparecerá por ignorarlo o porque ahora afecte solo a los catalanes.
Todo estado que quiera ser democrático y de derecho debe tener una estructura donde sus diversos poderes sean controlables externamente y no se puede confundir la deseada independencia del poder judicial con una suerte de autarquía en la cual, en manos de unos pocos descontrolados, esté el botón nuclear de la justicia con capacidad, incluso, para condicionar la agenda política no solo de Catalunya sino, también, del conjunto del Estado... La prisión provisional del Sr. Rosell, con todo el daño que a él y sus seres queridos ha causado, debería servir para tomar consciencia de la gravedad de la situación y de los auténticos peligros y “riesgo sistémico” a los que nos enfrentamos porque la democracia es algo más que votar cada cuatro años.